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Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para este Organismo (Central de Abastecimiento SNSS).

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Proveerá de medicamentos, instrumental y demás elementos o insumos que puedan requerir los organismos, entidades, establecimientos y personas integrantes o adscritas al Sistema, para la ejecución de acciones de fomento, protección o recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas, con el solo objeto de cumplir los planes y programas del Ministerio y a los demás organismos públicos, entre cuyos fines institucionales esté la realización de acciones de salud en favor de sus beneficiarios Art. 68 inciso 3° Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud ver enlace
Proveer de medicamentos, artículos farmacéuticos y de laboratorio, material quirúrgico, instrumental y demás elementos e insumos que se requieran para el ejercicio de las acciones de salud a que se refiere el artículo 68. Art. 70 letra a) Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud ver enlace
Adquirir, almacenar, distribuir, transportar, arrendar y vender esos elementos a los organismos, entidades, establecimientos y personas que formen parte del Sistema Art. 70 letra a) Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud ver enlace
Mantener en existencia una cantidad adecuada de elementos de la misma naturaleza, determinados por el Ministerio de Salud, necesarios para el eficiente cumplimiento de sus programas Art. 70 letra b) Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud ver enlace
Atender las necesidades que en las materias de su competencia le encomiende satisfacer el Supremo Gobierno, en caso de emergencias nacionales o internacionales Art. 70 letra c) Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud ver enlace
Prestar servicios de asesoría técnica a otros organismos y entidades del Sistema Art. 70 letra d) Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2005, del Ministerio de Salud ver enlace

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