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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (Instituto de Salud Pública).


Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
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Gabinete a) Apoyar en la labor administrativa que se deriva del funcionamiento de la gestión diaria que desarrolla la Señora Directora. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Establecer y coordinar relaciones de trabajo en el ámbito Interno y externo.
c) Coordinar y controlar el trabajo y relaciones jerárquicas de las unidades que componen la Institución, tanto de las que dependen directamente como los departamentos y asesores.
d) Coordinar la comunicación tanto con autoridades y funcionarios de Instituciones externas, con los cuales se vincula la Institución en el desarrollo de sus funciones.
e) Organizar, programar, coordinar y administrar la agenda de actividades administrativas y reuniones internas como externas de la Sra. Directora.
f) Requerir información u otras, relacionadas con la toma de decisión de asuntos administrativos y a fines de la Institución que requieran un mero trámite.
g) Autorizar, modificar y requerir trámites administrativos por instrucciones de la Sra. Directora.
h) Cuidar del adecuado cumplimiento de las normas vinculadas con el protocolo en cada una de las actividades públicas donde participe la Sra. Directora.
i) Elaborar y proponer mecanismos que permitan recoger las inquietudes e intereses de los funcionarios para asegurar una respuesta oportuna ante las situaciones y necesidades emergentes.
j) Colaborar en la atención de situaciones que requieren el pronunciamiento o decisión directa de la Sra. Directora.
k) Coordinar el contenido, la forma y oportunidad en que se entrega la información hacia el público general, tanto desde el punto de vista de las relaciones públicas, como de las comunicaciones.
l) Coordinar el desarrollo de ceremonias y otras actividades sociales en donde participe la Sra. Directora.
m) Cumplir otras funciones que la Sra. Directora le encomiende, de conformidad a la legislación vigente."
Asesoría Jurídica a) Asesorar al Director y a otras Jefaturas del Instituto en la aplicación de las normas legales y reglamentarias y otras disposiciones, emitiendo los informes que le sean requeridos Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Redactar y revisar los proyectos de formalización de actos, contratos y convenios en que participe el Instituto y realizar las gestiones tendientes a materializarlos
c) Intervenir en la elaboración de las resoluciones e instrucciones que deba aprobar la Dirección del Instituto, a requerimiento de ésta
d) Preparar los informes y las consultas a la Contraloría General sobre la interpretación de normas legales y reglamentarias
e) Asumir la defensa del Instituto en los juicios en que sea parte o en los asuntos en que tenga interés ante los Tribunales de Justicia,
Auditoría Interna a) Evaluar en forma permanente el sistema de Control Interno Institucional, efectuando las recomendaciones para su mejoramiento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Evaluar el grado de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales del Servicio.
c) Planificar, programar, ejecutar, informar y realizar seguimiento de las auditorías planificadas y de contingencias, como así mismo a las auditorías gubernamentales y ministeriales.
d) Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en las unidades operativas de la organización.
e) Verificar la existencia de adecuados sistemas de información, su confiabilidad y oportunidad.
f) Verificar el cumplimiento de las Metas Comprometidas a través de los medios de verificación declarados.
g) Velar por el cumplimiento de la veracidad de la información emanados de los requerimientos de los Sistemas PMG comprometidos por el Servicio.
h) Visar los Balances Institucionales emitidos por el Subdepartamento de Recursos Financieros y el Servicio de Bienestar.
i) Promover la coherencia de la política institucional y actividades de la Unidad de Auditoría Interna del Instituto, con aquellas emanadas de la Autoridad Presidencial, las orientaciones dadas por el Consejo de Auditoría Interna General de
Gobierno (CAIGG) y respecto de la acción de otros organismos de Estado.
j) Elaborar informes especiales para el Jefe de Servicio en los que se alerte sobre anomalías graves o posibles infracciones legales que requieran urgente acción o rectificación.
k) Efectuar el seguimiento de los compromisos emanados de los informes de auditoría, aprobados por el Jefe de Servicio.
l) Participar en el Comité de Auditoría Ministerial a través del Jefe de la Unidad de Auditoría Interna o su representante.
m) Responder a las instrucciones específicas que sobre la materia ha impartido S.E. el Presidente de la República, a la Administración y las especificaciones y orientaciones técnicas emanadas del Consejo de Auditoría General de Gobierno
(CAIGG), para el fortalecimiento de las estructuras de Auditoría Interna.
n) Lograr un alto grado de satisfacción de los clientes, cumpliendo con los requisitos estipulados por éstos.
o) Establecer una cultura de mejora continua y productividad, en todos los procesos de Auditoría Interna.
p) Otorgar permanente y oportuno aseguramiento al proceso de gestión de riesgo de la institución, según las directrices entregadas por el Consejo de Auditoría.
q) Verificar el cumplimiento de algunas de las obligaciones definidas por la Ley 20.285 sobre acceso a la información pública.
r) Mantener el Sistema de Gestión de Calidad (SGC), basado en la Normativa ISO 9001: 2008, de la Unidad de Auditoría Interna.
s) Realizar otras funciones que por ley, reglamento u otro le sean asignadas, en tanto, no sean funciones de línea u otras que pudiesen afectar su independencia y objetividad, tales como representante de la Dirección o coordinador para los
Sistemas de Gestión de Calidad, Auditoria Interna de Calidad, Auditor Líder o encargado del procesos de auditorias internas de Calidad (ISO 19011), entre otras.
Planificación Estratégica y Control de Gestión a) Conducir y coordinar el proceso de planificación estratégica institucional, y establecer su relación con el proceso presupuestario. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Asesorar a la Dirección y a los Departamentos del Instituto de Salud Pública, en materias de gestión interna y externa.
c) Asegurar la certificación de la gestión institucional, y la acreditación de la calidad científico-técnica de todos los laboratorios, en conjunto con las jefaturas de los distintos Departamentos de este Instituto.
d) Generar y evaluar proyectos financieros, científicos y alianzas estratégicas para el desarrollo de la Institución.
e) Coordinar las dimensiones técnicas y administrativas relevantes para el desarrollo de la Institución.
f) Velar por el cumplimiento y mejoramiento continuo de los procesos, a través del control de la gestión.
g) Dar cuenta pública de la gestión institucional y responder respecto de los compromisos institucionales gubernamentales.
h) Velar por el cumplimiento de la estrategia institucional, incorporando los planes particulares de cada departamento, en vías de lograr los objetivos y metas propuestas por la Dirección.
i) Supervisar y participar en la evaluación de los coordinadores de gestión y calidad de cada departamento, junto con dar los lineamientos y acciones para cumplir con la estrategia institucional.
Comunicaciones e Imagen Institucional a) Preparar material relativos a las actividades del Instituto para su difusión en medios nacionales e internacionales, Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Organizar conferencias de prensa y actividades similares, a requerimiento del Director,
c) Comunicar oportunamente a las autoridades correspondientes las informaciones relacionadas con el Instituto y con el sector salud, proponiendo o recomendando las acciones que sean pertinentes,
d) Mantener contactos con las Oficinas de Relaciones Públicas del Ministerio de Salud, de los demás organismos del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de otras instituciones y entidades en lo referente a actividades o asuntos relacionados con la competencia del Instituto,
e) Recabar de los distintos Departamentos del Instituto, la información que ella requiera, para el cumplimiento de sus funciones.
Unidad de Asuntos Internacionales a) Coordinar acciones de cooperación para el Instituto de Salud Pública de Chile, a través de donaciones, asistencia técnica, entre otros. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Gestionar recursos financieros y técnicos de cooperación oficial, privada, nacional e internacional para apoyar los proyectos estratégicos que la institución requiere.
c) Apoyar y asesorar a la Dirección en la definición de la política general para la ejecución de los programas de cooperación internacional
d) Asesorar a la Dirección, a los Departamentos y a las demás Unidades Asesoras en asuntos internacionales y de cooperación.
e) Ejercer como enlace ante organismos internacionales
f) Identificar la oferta y demanda de cooperación técnica y financiera internacional con fuentes bilaterales y multilaterales, con el fin de constituir o actualizar un portafolio de alianzas potenciales que apoyen y fortalezcan su desarrollo.
g) Establecer las necesidades de cooperación de las dependencias del Instituto
h) Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Institución ante organismos internacionales y países extranjeros, realizando el seguimiento y evaluación de los convenios, convenciones, declaraciones, acuerdos o proyectos garantizando el alcance de los objetivos propuestos y su sostenibilidad en el tiempo.
i) Evaluar las solicitudes de cooperación técnica y financiera a presentarse ante la comunidad internacional y nacional y gestionar su oficialización ante la fuente cooperante.
j) Negociar programas y proyectos de cooperación internacional y nacional, realizando el seguimiento a la ejecución y a la evaluación de aquellos que hayan sido aprobados.
k) Informar la Dirección, Departamentos y Unidades Asesoras, sobre convocatorias y oportunidades de cooperación, y coordinar la participación de nacionales en escenarios internacionales especializados en educación.
l) Convenir con el organismo cooperante que corresponda las condiciones para el traspaso de recursos de cooperación
m) Mantener actualizada la base de datos de fuentes de cooperación internacional y nacional, pública o privada, para facilitar la identificación de oportunidades y alianzas.
n) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores las actividades que se deriven de los procesos de cooperación internacional.
o) Coordinar con la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Salud las actividades que se deriven de los procesos de cooperación internacional.
p) Definir las prioridades de Cooperación Internacional que se propondrán a las fuentes de cooperación.
Unidad Gestión de Calidad a) Dirigir, apoyar y controlar el proceso de implementación y mantenimiento del programa de gestión de calidad institucional.      
b) Establecer líneas de acción con objetivos específicos, metas e indicadores para cada uno de los objetivos específicos.
c) Coordinar la incorporación a la gestión de las áreas de apoyo de requerimientos en materias de gestión de calidad de las áreas técnicas, tales como capacitación, servicios generales y gestión de equipos.
d) Mantener informada a la Dirección institucional respecto al desempeño de los procesos de implementación, certificación y acreditación bajo normas de calidad.
e) Coordinar y asesorar técnicamente la gestión del Comité de Calidad Institucional.
f) Asesorar a los Departamentos y Unidades, que lo requieran, en temas relativos a esta materia.
Unidad de Investigación y Evaluación de Tecnologías a) Apoyar y asesorar a la Dirección en la definición de las áreas de investigación y desarrollo que se ajusten a los lineamientos estratégicos de la institución Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Asesorar a la Dirección, a los Departamentos y a las demás Unidades Asesoras en la formulación de proyectos de investigación.
c) Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Institución en los proyectos de investigación en que participe. garantizando el alcance de los objetivos propuestos y su sostenibilidad en el tiempo.
d) Evaluar las solicitudes de cooperación, coparticipación en que se invite al Instituto de Salud Pública de Chile y gestionar su oficialización.
e) Informar a la Dirección, Departamentos y Unidades Asesoras, sobre convocatorias y oportunidades de participación en proyectos de investigación
f) Impulsar y velar por el desarrollo de un sistema de información en salud que sustente la investigación definida como prioritaria por la Dirección y los Departamentos, garantizando la calidad de los datos que genera la Institución.
g) Mantener actualizada la base de datos en materia de fondos concursables.
Departamento Laboratorio Biomédico Nacional de Referencia artículo 20 del decreto 1.222 a) Ser laboratorio nacional y de referencia en el campo de laboratorio clínico y banco de sangre. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Centralizar aquellas técnicas que correspondan por razones de: complejidad, epidemiológicas, alto costo, necesidad de personal calificado, motivos legales o estratégicos.
c) Normar en las materias relativas a técnicas de laboratorio clínico y bancos de sangre.
d) Supervisar el desarrollo de técnicas de laboratorio a nivel de los laboratorios públicos del país.
e) Apoyar el programa nacional de vigilancia epidemiológica del Ministerio de Salud en los aspectos de laboratorio.
f) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país.
g) Realizar investigación aplicada en el ámbito de su competencia.
h) Efectuar acciones de capacitación en materias de su competencia técnica.
i) Efectuar desarrollo y transferencia tecnológica en nuestro ámbito de acción.
j) Apoyar el programa de trasplante de órganos y tejidos.
k) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Unidad Ejecutiva del Departamento Laboratorio Biomédico a) Monitoreo del cumplimiento de gestión, según la programación operativa anual del Departamento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Cumplir con los lineamientos y acciones que defina la UPECG para cumplir con el plan estratégico de la institución y entregar la programación, informes y reportes, que requiera dicha Unidad, en los plazos estipulados.
c) Presentar los proyectos del Departamento.
d) Apoyar al coordinador de riesgo institucional para el cumplimiento de los requisitos técnicos del cargo, según las Guías Técnicas del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG)
e) Diseñar, coordinar y evaluar las actividades tendientes a asegurar que el Departamento desarrolle de manera efectiva y eficiente la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad correspondiente.
f) Identificar y evaluar, la pertinencia de los riesgos derivados de cada proceso declarado e incorporado al Sistema de Calidad, con el fin de ser incluido en la Matriz de Riesgo Departamental.
g) Programar y coordinar la generación y la validación de la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de su departamento.
h) Programar, ejecutar y evaluar el mejoramiento continuo del Sistema de gestión de Calidad de su Departamento, a través de la generación, seguimiento, control y evaluación de eficacia de acciones correctivas, preventivas y de mejora.
i) Informar el avance de la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad del Departamento al coordinador de calidad institucional y a la jefatura de su departamento, en la forma y periodicidad establecida por el Consejo de Calidad Institucional.
Subdepartamento de Enfermedades Infecciosas a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de Bacteriología, Micología y Parasitología. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Apoyar el programa nacional de vigilancia epidemiológica del Ministerio de Salud en los aspectos de laboratorio (Decreto 158).
c) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país, relacionadas con su competencia.
d) Efectuar acciones de Normalización e investigación aplicada.
e) Supervisar los laboratorios locales y capacitar en las materias de su competencia técnica.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Micobacterias a) Actuar como Laboratorio Nacional y de Referencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Efectuar acciones de Normalización técnica.
f) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
g) Realizar supervisión y transferencia tecnológica a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
i) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
j) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Parasitología a) Actuar como Laboratorio Nacional y de Referencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Efectuar acciones de Normalización técnica.
f) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
g) Realizar supervisión y transferencia tecnológica a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
i) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
j) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Bacteriología a) Actuar como Laboratorio Nacional y de Referencia, Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Efectuar acciones de Normalización técnica.
f) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
g) Realizar supervisión y transferencia tecnológica a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
i) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
j) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Medios de Cultivo a) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Producir medios de cultivo y demás productos propios de su especialidad, necesarios para el desarrollo de las funciones del Departamento.
c) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
d) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Subdepartamento de Enfermedades Virales a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de virología Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Apoyar el Programa Nacional de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud en los aspectos de laboratorio (Decreto N° 158).
c) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país, relacionadas con su competencia.
d) Efectuar acciones de normalización e investigación aplicada.
e) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Cultivos Celulares a) Producir cultivos celulares con la oportunidad y calidad necesarios para satisfacer la demanda de los usuarios Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
e) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Rabia a) Apoyar al Programa de Vigilancia y Control de la Rabia como único Laboratorio de diagnóstico nacional. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución a la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Realizar Investigación aplicada, capacitación y desarrollo tecnológico.
f) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
g) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Virus Entéricos a) Actuar como laboratorio nacional de referencia en el área de virus entéricos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
f) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
g) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Virus Respiratorio y Exantemáticos a) Actuar como laboratorio nacional de referencia en el área de virus respiratorios y exantemáticos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país, mediante el
f) programa PEEC (área virus respiratorios).
g) Realizar supervisión a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
i) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
j) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Virus Oncogénicos a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el diagnóstico de infecciones por HTLV-I/II y HPV. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar una capacitación y supervisión técnica continua de todo el personal para garantizar competencia en el ámbito de virus oncogénicos.
c) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
d) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
e) Evaluar la calidad analítica de los reactivos comerciales empleados en el diagnóstico de
f) HTLV-I/II y HPV.
g) Realizar supervisión a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
i) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
j) Asesorar a las autoridades sanitarias en los asuntos de su competencia.
Sección Virus Hepáticos y Emergentes a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en la confirmación de infecciones por Hepatitis B (HBsAg) y Hepatitis C. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar la vigilancia de Hantavirus, Dengue, Hepatitis A, Virus del Nilo, Fiebre Amarilla y la Rubéola Congénita a nivel nacional.
c) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
d) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
e) Evaluar la calidad de las prestaciones de tamizajes de HBsAg y anti-VHC a todos los bancos de sangre y laboratorios clínicos del país.
f) Evaluar la calidad analítica de los reactivos comerciales empleados en el diagnóstico de HBsAg y anti-VHC.
g) Realizar supervisión técnica a los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país en lo referente al tamizaje de HBsAg y anti-VHC.
h) Realizar referencia respecto al diagnóstico de inmunidad en citomegalovirus y rubéola.
i) Realizar Investigación aplicada, Capacitación y desarrollo tecnológico.
j) Contribuir en el diseño, implementación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad de la Sección, subdepartamento respectivo.
k) Asesorar a las autoridades sanitarias en los asuntos de su competencia.
Sección SIDA a) Actuar como laboratorio Nacional de vigilancia y referencia en VIH. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Realizar la verificación de los reactivos comerciales empleados en el tamizaje de VIH.
f) Realizar supervisiones técnicas a la red de laboratorios, bancos y centros de sangre del país.
g) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país
h) Realizar Investigación aplicada y desarrollo tecnológico.
i) Asesorar a las autoridades sanitarias en los asuntos de su competencia y coordinar actividades en conjunto con las autoridades de salud (CONASIDA, SEREMIS).
j) Contribuir en el diseño, implementación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad de la Sección, Subdepartamento respetivo
Subdepartamento de Enfermedades No Transmisibles a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de la inmunología clínica, Histocompatibilidad, Química clínica, Hematología, Citopatología. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Efectuar estudios de histocompatibilidad y apoyar el programa nacional de trasplante de órganos.
c) Llevar la lista de espera de pacientes en programa de trasplante de órganos
d) Apoyar actividades de Vigilancia de enfermedades no infecciosas.
e) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país, relacionadas con su competencia.
f) Efectuar acciones de Normalización e investigación aplicada.
g) Supervisar los laboratorios locales y capacitar en las materias de su competencia técnica.
h) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Inmunología a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en las materias de su competencia Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Efectuar actividades de Normalización técnica.
f) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
g) Realizar supervisión a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada y desarrollo tecnológico.
i) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
j) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Química Clínica a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en las materias de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
c) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
d) Efectuar acciones de Normalización técnica.
e) Evaluar la calidad de las prestaciones incluidas en el PEEC de los laboratorios clínicos del país.
f) Realizar supervisión a los laboratorios clínicos del país.
g) Realizar Investigación aplicada, capacitación y desarrollo tecnológico.
h) Participar activamente en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
i) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Histocompatibilidad a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en las materias de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confiabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar exámenes de histocompatibilidad para trasplantes de órganos y tejidos.
e) Llevar registro nacional de receptores con subregistros según el órgano.
f) Priorización para la asignación de órganos provenientes de cadáveres que se efectuará en estricto orden.
g) Mantener un registro complementario con el orden de la selección de los receptores de cada donante cadáver y de la asignación final de dichos órganos.
h) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
i) Coordinación y asesoría técnica a los médicos y enfermeras que trabajen en el área de la competencia de Histocompatibilidad nacionales o de la región.
j) Realizar supervisión a los laboratorios clínicos del país.
k) Realizar Capacitación, Investigación aplicada y desarrollo tecnológico.
l) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
m) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Hematología e Inmunohematología a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en las materias de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Monitorear y evaluar sistemáticamente la confíabilidad, oportunidad y trazabilidad de los resultados como una contribución al cuidado del paciente y la salud pública.
c) Asegurar un entrenamiento adecuado y supervisión técnica continua de todo el personal.
d) Realizar acciones de vigilancia epidemiológica de laboratorio, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.
e) Efectuar actividades de Normalización técnica.
f) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos del país.
g) Realizar supervisión a los laboratorios clínicos del país.
h) Realizar Investigación aplicada y desarrollo tecnológico.
i) Realizar Transferencia tecnológica a los laboratorios clínicos del país
j) Contribuir en el diseño, implantación, mantención y mejoramiento del sistema de gestión de la calidad departamental.
k) Asesorar en informar a sus superiores en los asuntos de su competencia.
Sección Citodiagnóstico a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de citodiagnóstico. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Centralizar técnicas que correspondan por razones de complejidad, epidemiológicas, alto de costo, necesidad de de personal calificado, motivos legales o estratégicos.
c) Efectuar actividades de Normalización técnica en materias relativas a técnicas de citodiagnóstico.
d) Supervisar el desarrollo de técnicas de citodiagnóstico en laboratorios públicos del país
e) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios de citodiagnóstico del país
f) Realizar investigación aplicada en el ámbito de su competencia.
g) Efectuar acciones de capacitación en materias de su competencia técnica.
h) Efectuar desarrollo y transferencia tecnológica en su ámbito de acción.
Subdepartamento de Genética Molecular a) Apoyar el Programa Nacional de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud a través de la implementación y mantención de una vigilancia molecular. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Mantener y administrar bases de datos genéticas de los principales agentes infecciosos presentes en el país.
c) Compartir a través de Pulsenet las bases de datos internacionales de los agentes involucrados en las Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETAs) y enfermedades emergentes.
d) Caracterizar genéticamente enfermedades de importancia en Salud Pública.
e) Realizar investigación aplicada en el ámbito de su competencia.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Subdepartamento de Coordinación Externa a) Mantener una red de laboratorios nacionales coordinados e intercomunicados. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Mantener actualizada información respecto de las necesidades de los Laboratorios Clínicos del país para canalizar actividades de Normalización, Capacitación y Supervisión.
c) Establecer niveles de complejidad de la red nacional de laboratorios, de modo de facilitar el acceso de la población a ellos.
d) Coordinar las actividades de Capacitación del Departamento hacia la Red de Laboratorios del País.
e) Coordinar las actividades de Supervisión del Departamento hacia la Red de Laboratorios del País.
f) Administrar el Programa de Evaluación Externa de la Calidad (PEEC).
g) Promover la coordinación con Instituciones Internacionales Homologas para el desarrollo de investigaciones y capacidades científicas.
h) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Coordinación de Redes a) Mantener una red de laboratorios nacionales coordinados e intercomunicados. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Mantención de base de datos general de Laboratorios Clínicos, Bancos de Sangre del país y sus Resoluciones de Autorización.
c) Mantener actualizada información respecto de las necesidades de los Laboratorios Clínicos del país para canalizar actividades de Normalización, Capacitación y Supervisión.
d) Coordinar las actividades de capacitación del Departamento hacia la Red de Laboratorios del País.
e) Coordinar las actividades de supervisión del Departamento hacia la Red de Laboratorios del País.
Sección Coordinación PEEC a) Mantener una imagen institucional de los Programas de evaluación Externa. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Coordinar las actividades de difusión del Programa.
c) Organizar y Coordinar las actividades relacionadas con la adscripción, envío de resultados de los participantes, informes y certificación de los usuarios.
d) Coordinar el embalaje y envío de cada Subprograma.
e) Evaluar sistemáticamente la satisfacción y requisitos del usuario.
f) Coordinar el desarrollo de actividades Científico-Técnicas de las áreas PEEC.
Departamento Salud Ambiental a) Ejecutar funciones de Laboratorio Nacional y de Referencia, Normalizador y Supervisor de los Laboratorios de Salud Pública en materia de ambiente, alimentos y temas biotecnológicos, incluyendo laboratorios privados reconocidos. Participar en las acciones relativas al reconocimiento de laboratorios bromatológicos, ambientales y otras áreas de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Fiscalizar el cumplimiento de Normas de Calidad y Acreditación en los Laboratorios de Salud Pública. Desarrollar y producir recursos biotecnológicos. Elaborar insumos asociados a sus funciones. Ejecutar estudios y programas en materias sanitarias de su competencia.
c) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Unidad Ejecutiva del Departamento Salud Ambiental a) Monitoreo del cumplimiento de gestión, según la programación operativa anual del Departamento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Cumplir con los lineamientos y acciones que defina la UPECG para cumplir con el plan estratégico de la institución y entregar la programación, informes y reportes, que requiera dicha Unidad, en los plazos estipulados.
c) Presentar los proyectos del Departamento.
d) Apoyar al coordinador de riesgo institucional para el cumplimiento de los requisitos técnicos del cargo, según las Guías Técnicas del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG)
e) Diseñar, coordinar y evaluar las actividades tendientes a asegurar que el Departamento desarrolle de manera efectiva y eficiente la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad correspondiente.
f) Identificar y evaluar, la pertinencia de los riesgos derivados de cada proceso declarado e incorporado al Sistema de Calidad, con el fin de ser incluido en la Matriz de Riesgo Departamental.
g) Programar y coordinar la generación y la validación de la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de su departamento.
h) Programar, ejecutar y evaluar el mejoramiento continuo del Sistema de gestión de Calidad de su Departamento, a través de la generación, seguimiento, control y evaluación de eficacia de acciones correctivas, preventivas y de mejora.
i) Informar el avance de la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad del Departamento al coordinador de calidad institucional y a la jefatura de su departamento, en la forma y periodicidad establecida por el Consejo de Calidad Institucional.
j) Desarrollar las funciones relativas al control de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico (que incluye los productos Desinfectantes) sujetos a control sanitario, según lo establecido en el DS 157/05 y las normas aprobadas por el Ministerio
de Salud para desarrollar dichos controles.
k) Evaluar y proponer el registro pesticidas o la denegación de las solicitudes respectivas evaluando la información científica disponible.
l) Velar por el cumplimiento de las disposiciones que rigen a los productos pesticidas y proponer su cancelación cuando corresponda.
m) Evaluar y proponer las modificaciones y renovaciones de los registros otorgados.
n) Reunir y proporcionar información sobre todos los aspectos técnicos relacionados con los pesticidas, destinada a los profesionales de la salud pública y privada.
o) Reunir y proporcionar información necesaria para el cumplimiento de los compromisos contraídos por el Instituto, en las materias de su competencia.
p) Preparar los informes que respecto de estas sustancias deba remitirse a los Tribunales de Justicia y otros organismos, de acuerdo con las disposiciones legales o reglamentarias aplicables en la materia y los convenios celebrados por el Instituto
q) Colaborar en el estudio, elaboración y proposición de normas y otras disposiciones sobre uso de pesticidas con el MINSAL u otros Ministerios.
r) Ejercer la función de coordinación de laboratorios de Salud Pública en las áreas de bromatología, ambiente y salud ocupacional para efectos de lo dispuesto en los artículos 57 y 59 letra a) del DFL 1/2005.
s) Gestionar los Programas de Supervisiones, Capacitación y Transferencia Tecnológica, que el ISP como Laboratorio Nacional y de Referencia efectúa a los Laboratorios de la Red de Laboratorios de Alimentos y Ambiente públicos y a los privados reconocidos por la Autoridad Sanitaria.
Subdepartamento de Producción a) Producir los reactivos biológicos y de laboratorio para uso de la institución como además generar investigación aplicada en el ámbito de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Aguas Producir en agua grado reactivo, previa producción osmosis reversa, para abastecer necesidades de los laboratorios de la Institución. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia
Centro Productor de Animales de Laboratorios Producir los animales de laboratorio, sangres y hemoderivados para uso de la Institución como apoyo a las acciones de diagnóstico, vigilancia y control de calidad de medicamentos y alimentos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia
Subdepartamento de Alimentos y Nutrición a) Servir de laboratorio nacional de referencia en el ámbito de los alimentos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Efectuar actividades de vigilancia epidemiológica.
c) Realizar análisis químicos, microbiológicos, parasitológicos, toxicológicos y otros en matrices de alimentos.
d) Realizar fiscalización de los Laboratorios públicos y privados, de la red.
e) Realizar programas ministeriales o estudios en las materias de su competencia para su perfeccionamiento y difusión.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Microbiología de Alimento a) Realizar análisis microbiológicos de alimentos (Bacterias, Virus y Parásitos). Efectuar estudios microbiológicos que apoyen a la gestión en salud especialmente en patógenos emergentes. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Apoyar la fiscalización y el reconocimiento de laboratorios ambientales.
c) Cumplir las recomendaciones de la OMS y FAO para asegurar la inocuidad de los alimentos.
d) Apoyar el aspecto técnico de la evaluación de los desinfectantes y el Registro de los Eventos Biotecnológicos de consumo humano (OGM).
e) Capacitar a los profesionales de la red de laboratorios y realizar transferencia tecnológica a estos.
Química de Alimentos y Nutrición a) Realizar análisis químicos bromatológicos y toxicológicos de acuerdo a la demanda y estudios programados. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Apoyar al MINSAL en la realización de Estudios y Programas Ministeriales de Vigilancia Sanitaria Colaborar en las comisiones Ministeriales y del extrasistema (Codex, RILAA, etc ).
c) Capacitar a los profesionales de la red de laboratorios y realizar transferencia tecnológica a estos.
d) Asesorar en actividades técnicas requeridas.
e) Apoyar la fiscalización y el reconocimiento de Laboratorios Ambientales.
Metrología Ambiental y De Alimentos a) Organizar, desarrollar y evaluar ensayos de aptitud químicos y microbiológicos en alimentos y otras matrices. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Elaborar materiales de referencia en matrices de alimentos y ambientales.
c) Coordinar y colaborar con instituciones públicas y privadas, laboratorios de la red y privados, en el desarrollo de soluciones y respuestas ante sus necesidades, en las áreas de su competencia.
d) Desarrollar servicios metrólogicos en el área ambiental y de alimentos.
Biotecnología Investigación aplicada y desarrollo tecnológico aplicable al estudio de riesgos ambientales con impacto en salud pública, entre ellos, desarrollo de inmunobiológicos, programa de tamizaje de dioxina, estudio de agentes de riesgo biológico y químico presente en aguas, en alimentos en ambiente. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Subdepartamento del Ambiente a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el área ambiental para los laboratorios de la red, públicos y privados reconocidos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Responder a las emergencias ambientales en análisis de laboratorio y apoyo en mesas técnicas regionales.
c) Fiscalizar las normas de calidad y acreditación de los laboratorios privados de salud pública reconocidos.
d) Contribuir al mejoramiento de la calidad de la Red de Laboratorios de Salud Pública
e) Colaborar en la vigilancia epidemiológica con las SEREMIS.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Parasitol Realizar análisis parasicológicos en matrices ambientales Texto Refundido Resolución Nº 1.941   20 de septiembre 2012
Velar por la calidad de los servicios y prestaciones entregadas.
Hacer seguimiento a las tareas realizadas y encomendadas
Gestionar la capacitación y competencia técnica de las personas a su cargo.
Mantener y supervigilar el sistema de calidad implementado en la sección.
Coordinar y colaborar con Instituciones públicas o privadas, en el desarrollo a soluciones y respuesta a sus requerimientos
Responder frente a emergencias sanitarias ambientales, apoyando a las autoridades sanitarias corresponiente.
Química Ambiental a) Coordinar y supervisar las tareas realizadas por las unidades de la Sección. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Velar por la calidad de los servicios y prestaciones entregadas.
c) Hacer seguimiento a las tareas realizadas y encomendadas
d) Gestionar la capacitación y competencia técnica de las personas a su cargo. Mantener y supervisar el sistema de calidad implementado en la sección
e) Coordinar y colaborar con instituciones públicas y privadas, en el desarrollo de soluciones y respuestas a sus requerimientos.
f) Responder frente a emergencias sanitarias ambientales, apoyando a las autoridades sanitarias correspondientes. Bajo NCh. 15.025.
g) Coordinar los laboratorios de Caracterización de Residuos Peligrosos, reconocidos por la Autoridad Sanitaria.
Subdepartamento de Ilícitos a) Confeccionar un informe estadístico anual de las cantidades de droga decomisada y destruida a nivel nacional para ser enviado a las instituciones nacionales e internacionales pertinentes. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Colaborar con los SEREMI de salud, y/o Servicios de Salud en el desarrollo de consultas técnicas, en las áreas de su competencia.
c) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
d) Elaborar los informes sobre estas sustancias requeridos por los Tribunales de Justicia y otros organismos, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias y los convenios suscritos por el Instituto de Salud Pública de Chile.
e) Efectuar la recepción de los decomisos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas llevados a cabo por las policías del país en el marco del combate al uso ilícito de drogas.
f) Ejecutar los análisis periciales que correspondan y elaborar los informes técnicos a los tribunales de justicia, sobre las muestras de presuntas drogas entregadas al Instituto por los organismos de la policía.
g) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Análisis de Ilícitos a) Recibir las muestras provenientes de la Sección Decomisos, y realizar análisis químicos para la identificación y cuantificación de presunta droga y asesorar en estos aspectos al Ministerio Público. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Estudiar y desarrollar metodologías para garantizar la calidad de los resultados emitidos por el laboratorio. Efectuar investigación aplicada en técnicas relativas a las materias de su competencia.
Decomiso Recepción de las presuntas drogas incautadas por las unidades policiales para su posterior análisis y registro de los antecedentes relacionados con cada uno de ellos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Departamento Salud Ocupacional a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de la salud ocupacional, prestando los servicios y realizando las acciones propias de esta actividad. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Contribuir a la solución de los problemas de salud de los trabajadores en el medio ocupacional, a través de asesorías técnicas, docencia e investigación aplicada en la materia.
c) Fijar métodos de análisis, procedimientos de muestreo y técnicas de medición necesarios para evaluar los lugares de trabajo.
d) Proponer protocolos y guías clínicas para el diagnóstico, calificación y evaluación de las patologías laborales y de formas de intervención sanitaria.
e) Realizar acciones de vigilancia dirigidas a determinar y evaluar los agentes y condiciones de riesgo en los lugares de trabajo y sus efectos, y proponer las medidas de prevención correspondientes.
f) Intervenir en la autorización, control y fiscalización de las instituciones, laboratorio y establecimientos que se interesen en ser reconocidos oficialmente para prestar servicios de control y certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales.
g) Fiscalizar el cumplimiento de normas de calidad y acreditación en las materias de su competencia.
h) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Unidad Ejecutiva del Departamento Salud Ocupacional a. Monitoreo del cumplimiento de gestión, según la programación operativa anual del Departamento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b. Cumplir con los lineamientos y acciones que defina la UPECG para cumplir con el plan estratégico de la institución y entregar la programación, informes y reportes, que requiera dicha Unidad, en los plazos estipulados.
c. Presentar los proyectos del Departamento.
d. Apoyar al coordinador de riesgo institucional para el cumplimiento de los requisitos técnicos del cargo, según las Guías Técnicas del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG)
e. Diseñar, coordinar y evaluar las actividades tendientes a asegurar que el Departamento desarrolle de manera efectiva y eficiente la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad correspondiente.
f. Identificar y evaluar, la pertinencia de los riesgos derivados de cada proceso declarado e incorporado al Sistema de Calidad, con el fin de ser incluido en la Matriz de Riesgo Departamental.
g. Programar y coordinar la generación y la validación de la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de su departamento.
h. Programar, ejecutar y evaluar el mejoramiento continuo del Sistema de gestión de Calidad de su Departamento, a través de la generación, seguimiento, control y evaluación de eficacia de acciones preventivas, de mejora y correctivas.
i. Informar el avance de la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad del Departamento al coordinador de calidad institucional y a la jefatura de su departamento, en la forma y periodicidad establecida
por el Consejo de Calidad Institucional.
Subdepartamento de Ambientes Laborales a) Establecer métodos de análisis, procedimientos de muestreo y técnicas de medición que deberán emplearse para la evaluación de agentes químico, físicos y biológicos Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Efectuar estudios epidemiológicos conducentes a establecer y actualizar valores de referencia nacional para proteger la salud de los trabajadores
c) Desarrollar vigilancia con el propósito de detectar y evaluar los riesgos de naturaleza químico, físico y biológico en los medios laborales
d) Asesorar a la autoridad sanitaria en materias de toxicología humana en ambientes laborales
e) Desempeñar las demás funciones que le encomiende el jefe de departamento en el área de su especialidad.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Ruidos Y Vibraciones a) Responder a la función de referencia nacional en el área de la exposición a ruido y vibraciones en los lugares de trabajo. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Confeccionar y actualizar procedimientos de muestreo, análisis y técnicas de medición respecto a la cuantificación de la exposición a ruido y vibraciones en los lugares de trabajo, según lo establecido por la reglamentación vigente en esta área.
c) Controlar las prestaciones de los Centros Audiométricos que efectúan evaluaciones audiométricas de tipo médico legal en el país, a través de la coordinación de aquellos programas de calidad asociados a éstos (Programa de Evaluación Externa de la calidad de Centros Audiométricos, PEECCA, y Programa de Proveedores del PEECCA).
d) Participar y colaborar activamente en la generación de documentos normativos en el área de la vigilancia de la exposición a ruido laboral, en el área de ruidos hacia la comunidad y en cualquier otra área de la acústica en general, dentro del marco normativo vigente.
e) Efectuar asesorías técnicas, prestaciones de servicios, investigaciones aplicadas y formación de recursos humanos que contribuyan a la solución de problemas relacionados con la exposición a ruido y vibraciones en los lugares de trabajo.
f) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Sección de Radiaciones Ionizantes y no ionizantes a) Ser centro de referencia en materia de radiaciones ionizantes y no ionizantes, en los términos y alcances que indica la legislación vigente, en asesorías, peritajes, comités de expertos, comisiones de trabajo conjunto u otras que la autoridad competente establezca. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar la Vigilancia Radiológica Personal de los trabajadores ocupacionalmente expuestos a R.I. controlados dosimétricamente en el país.
c) Elaborar los Certificados de Historial Dosimétrico de los trabajadores ocupacionalmente expuestos a R.I.
d) Promover, desarrollar y participar en la confección de regulaciones, normas y guías técnicas apropiadas para el control de la exposición a radiaciones ionizantes y no ionizantes en nuestro país.
e) Efectuar el control de la calidad de los laboratorios prestadores del servicio de dosimetría personal externa del país.
f) Participar como referencia en la elaboración de estándares de calidad y de acreditación en lo relacionado con las prestaciones de salud en las áreas de imagenología y radioterapia.
g) Promover y desarrollar investigaciones, estudios aplicados en el ámbito de las radiaciones ionizantes y no ionizantes.
h) Participar activamente en la capacitación y entrenamiento en materia de Radiaciones ionizantes y no ionizantes.
i) Participar y ejecutar actividades afines con Proyectos de Cooperación con organismos o instituciones científicas nacionales o internacionales.
j) Participar en actividades derivadas como miembro del Comité Nacional de Respuesta ante Emergencias Radiológicas y del Comité Nacional de Protección Radiológica, conformado además por personal del Ministerio de Salud y de
SEREMI de Salud.
k) Realizar distintas prestaciones como por ejemplo la de Dosimetría Personal, evaluación de puestos de trabajo, levantamientos radiométricos, evaluaciones ambientales asociadas a radiaciones ionizantes y no ionizantes, entre otros.
l) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Sección Riesgos Químicos a) Realizar Investigación aplicada en el ámbito de los agentes químicos en el ambiente laboral. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar evaluaciones cualitativas y cuantitativas de agentes químicos en ambientes laborales.
c) Llevar a cabo actividades de referencia respecto de métodos de toma de muestra de agentes químicos.
d) Capacitar y asesorar a empresas e instituciones públicas o privadas en los ámbitos de su competencia.
Sección Riesgos Biológicos a) Desarrollar, promover, difundir y capacitar sobre estrategias de prevención de riesgos biológicos. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Evaluar mediante análisis cualitativo o cuantitativo los ambientes laborales que presenten el riesgo biológico.
c) Entregar pautas para el control del riesgo biológico mediante estrategias relacionadas con la ingeniería, con procedimientos, entre otras medidas relacionadas con su ámbito de experticia.
d) Realizar Investigación aplicada en al ámbito de los agentes biológicos en ambientes laborales.
e) Todas las que según la normativa vigente le sean asignadas en virtud de su experticia.
Sección Laboratorio de Toxicología Ocupacional a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de la toxicología laboral fijando los métodos de análisis referenciales en el país para la determinación de los distintos químicos de interés laboral según se requiera o se indique Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
en la normativa vigente, realizando transferencias tecnológicas a laboratorios de salud laboral e higiene industrial, públicos o privados, en materias de nuestra competencia, colaborando técnicamente en el análisis de determinados casos
presentados por las autoridades competentes, entre otras actividades relacionadas.
b) Proveer y ejecutar el Programa de Evaluación Externa de la Calidad en Ensayos de Aptitud (PEEC-EA) y sus subprogramas según impacto y demanda nacional.
c) Realizar prestaciones analíticas, según demanda espontánea, para la determinación de contaminantes químicos y marcadores biológicos de exposición laboral.
d) Participar en ámbitos de la toxicología laboral que tienen relación con asesorías técnicas, apoyo para la generación de normativas, formación de recursos humanos, investigación aplicada, entre otras actividades que la normativa vigente estipule o permita.
e) Todas las que según la normativa vigente le sean asignadas en virtud de su experticia.
Subdepartamento de Seguridad y Tecnologías en el Trabajo a) Desarrollar y promover la implementación de técnicas preventivas para mejorar las condiciones de trabajo. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Contribuir al levantamiento de perfiles de accidentabilidad laboral para priorizar las acciones preventivas.
c) Realizar las acciones técnicas necesarias para las funciones relacionadas con los elementos de protección personal.
d) Realizar estudios, exámenes y otras acciones de orden técnico relativas a contaminación atmosférica.
e) Desempeñar las demás funciones que le encomiende el jefe de departamento en el área de su especialidad.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Elementos de Protección Personal a) Realizar las actividades señaladas en el D.S. N° 173/82 del Ministerio de Salud en cuanto a la autorización, control y fiscalización de laboratorios prestadores de servicios de control y certificación de EPP. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Capacitar a las instancias que fiscalizan el uso obligatorio de EPP adecuados al riesgo a cubrir a nivel de lugares de trabajo (SEREMI de Salud, Dirección del Trabajo).
c) Asesoría y transferencia tecnológica a nivel nacional.
d) Divulgar los temas relacionados con el área, proyectos, enfoques y otras materias, a la comunidad laboral.
e) Administrar y actualizar el Registro voluntario de Fabricantes e Importadores de EPP.
f) Confección de Guías Técnicas de Selección y Control de EPP.
g) Participar en el análisis de elementos de protección personal o de sus materias primas, mediante las técnicas de evaluación que la sección tenga implementadas para ello.
h) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Sección Tecnologías en el Trabajo a) Proponer al Ministerio de Salud los procedimientos y metodologías de medición a las normas técnicas que se establezcan para los Laboratorios de medición de contaminantes atmosféricos, según lo que establece el D.S. Nº 2467/94 del Ministerio de Salud. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Prestar asesoría técnica para dicha evaluación a los Servicios de Salud, según se establece en el mencionado decreto.
c) Certificar en forma periódica la calibración de equipos e instrumentos medición de los laboratorios de medición y análisis de contaminantes atmosféricos, función establecida en el D.S. Nº 2467/94 del Ministerio de Salud.
d) Integrar acciones de protección laboral mediante la proposición de tecnologías preventivas en el trabajo en forma independiente o complementaria con otras unidades dentro y fuera del departamento.
e) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Sección Seguridad en el Trabajo a) Analizar las condiciones del trabajo con el fin de incorporar soluciones del punto de vista de la Seguridad industrial. Esto se materializa proponiendo la incorporación de tecnologías, métodos de control, entre otras estrategias, destinadas a reducir los riesgos inherentes del trabajo, en complementariedad con otras secciones del departamento si así se requiere. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar análisis de condiciones de riesgos en el trabajo, detección y análisis de niveles de iluminación y luminancia en puestos de trabajo solución de problemas de contaminación mediante métodos de control por ventilación industrial y estudios de áreas biolimpias, desde el punto de vista de la ventilación.
c) Capacitación en los tópicos mencionados anteriormente y en el Laboratorio de ventilación industrial.
d) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Subdepartamento de Salud de los Trabajadores a) Elaborar protocolos y guías técnicas para la evaluación y control de los riesgos presentes en los puestos de trabajo en forma integral. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Proponer y colaborar en la elaboración de protocolos de vigilancia de la salud de los trabajadores.
c) Asesorar en el ámbito de las enfermedades profesionales actuando como referencia en las situaciones que corresponda.
d) Realizar investigación aplicada, docencia y asesoría en las diversas áreas de la salud de los trabajadores.
e) Proponer, realizar o apoyar análisis epidemiológicos de la salud laboral con el fin de evidenciar las problemáticas que afectan a los trabajadores.
f) Participar en materias de regulación, contribuyendo a la elaboración de protocolos, guías clínicas y/o normas para el diagnóstico, calificación y evaluación de las patologías laborales.
g) Desempeñar las demás funciones que le encomiende el jefe de departamento en el área de su especialidad.
h) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Audiología a) Realizar evaluaciones auditivas médico legal de referencia (EAMLR) según lo establecido dentro del marco legal vigente en relación al tema. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Efectuar auditorías, en el área audiológica, a los centros audiométricos que realizan evaluaciones auditivas médico ? legales, en el marco del Programa de Evaluación Externa de la Calidad de los Centros Audiométricos (PEECCA)
c) Realizar docencia en el área de la Salud Ocupacional, en los ámbitos de competencia.
d) Prestar asesoría técnica a empresas e instituciones públicas y privadas, en función de las competencias del área, dentro del marco legal vigente.
e) Participar en la elaboración de documentos técnicos y normativos, en el área ocupacional de competencia.
f) Desarrollar investigación aplicada en el área ocupacional de su competencia.
g) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Sección Ergonomía a) Fijar métodos de análisis, procedimientos de muestreo y técnicas de medición respecto de la exposición de los trabajadores a los diferentes agentes en sus lugares de trabajo, aportando un enfoque ergonómico. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Efectuar referencia en materias de su competencia.
c) Diseñar y desarrollar investigación aplicada en el área.
d) Desarrollar actividades de capacitación, adiestramiento y transferencia tecnológica en las áreas de competencia.
e) Prestar asesoría técnica a empresas e instituciones públicas o privadas en los ámbitos de su competencia.
f) Entregar respuestas ante consultas generadas, en relación a materias de nuestra competencia.
g) Participar en el ámbito de sus competencias, en las emergencias generadas en el área, velando por la minimización de riesgos, impactos o daños de la salud de los trabajadores y de la salud pública.
h) Todas las que según la normativa vigente le sea asignadas en virtud de su experticia.
Departamento Administración y Finanzas a) Monitoreo del cumplimiento de gestión, según la programación operativa anual del Departamento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Entregar la programación antes mencionada, a la Unidad de Planificación Estratégica y Control de Gestión en los plazos estipulados.
c) Presentar los proyectos del Departamento.
d) Apoyar al coordinador de riesgo institucional para el cumplimiento de los requisitos técnicos del cargo, según las Guías Técnicas del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG).
e) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Unidad Ejecutiva del Departamento Administración y Finanzas a) Monitoreo del cumplimiento de gestión, según la programación operativa anual del Departamento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Cumplir con los lineamientos y acciones que defina la UPECG para cumplir con el plan estratégico de la institución y entregar la programación, informes y reportes, que requiera dicha Unidad, en los plazos estipulados.
c) Diseñar, coordinar y evaluar las actividades tendientes a asegurar que el Departamento desarrolle de manera efectiva y eficiente la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad correspondiente.
d) Identificar y evaluar, la pertinencia de los riesgos derivados de cada proceso declarado e incorporado al Sistema de Calidad, con el fin de ser incluido en la Matriz de Riesgo Departamental.
e) Programar y coordinar la generación y la validación de la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de su departamento.
f) Programar, ejecutar y evaluar el mejoramiento continuo del Sistema de gestión de Calidad de su Departamento, a través de la generación, seguimiento, control y evaluación de eficacia de acciones correctivas, preventivas y de mejora.
g) Informar el avance de la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad del Departamento al coordinador de calidad institucional y a la jefatura de su departamento, en la forma y periodicidad establecida
por el Consejo de Calidad Institucional.
h) Apoyar a los funcionarios en el reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
i) Atender y proponer soluciones a los requerimientos espontáneos de los funcionarios en materia de prevención y la ley N° 16744.
j) Desarrollar, controlar y coordinar las actividades del PMG de Higiene y Seguridad y elaborar los documentos correspondientes a los requisitos de dicho sistema.
k) Asesorar técnicamente al Comité Paritario y Comité de Emergencia institucional.
l) Mantener un sistema de archivo, registro y control documental de información para el cálculo de indicadores legales e institucionales y elaboración de estadísticas de accidentabilidad.
m) Actuar como contra parte del organismo administrador de Seguro de Accidente del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ISL).
n) Apoyar a los funcionarios en el trámite de la documentación necesaria para la aplicación de los beneficios médicos en caso de Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales.
o) Promover actividades educativas y de capacitación en Prevención de Riesgos.
p) Asesorar técnicamente a sus jefaturas y funcionarios de la institución en el cumplimiento de las disposiciones de los Decretos Supremos N° 40, 67 y 594.
q) Recibir, registrar, almacenar y gestionar la eliminación de los residuos químicos generados por el Instituto.
Subdepartamento de Abastecimiento a) Elaborar y proponer el Plan anual de adquisiciones, sobre la base de los requerimientos ordinarios de las dependencias del Instituto ejecutar y controlar la gestión de dicho programa, una vez aprobado. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar las adquisiciones e importaciones de productos, materias primas, insumos y demás elementos, velar por la cantidad, calidad, oportunidad, almacenamiento y distribución de estos elementos.
c) Proporcionar la información necesaria para la planificación y correcta ejecución del abastecimiento institucional.
d) Elaborar los proyectos de resoluciones, actos, bases de propuestas y demás documentos relacionados con su competencia que deban ser presentados a la aprobación de la Dirección o de otros Jefaturas, haciéndose cargo de su tramitación
y comunicación, tanto en el Instituto, como en otros Organismos, entidades o personas, según el caso.
e) Seleccionar los mecanismos de compra más eficiente para la adquisición de los bienes y servicios de la institución.
f) Recibir, almacenar y distribuir los productos adquiridos de acuerdo al plan anual de adquisiciones.
g) Evaluar a los proveedores de bienes y servicios de la institución.
h) Evaluar periódicamente el nivel de satisfacción de los usuarios internos de la institución, respecto a la gestión de abastecimiento de bienes y servicios requeridos.
i) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Bodega Central a) Recibir, almacenar y distribuir los productos adquiridos de acuerdo al plan anual de adquisiciones y especificaciones estipuladas en las Órdenes de Compras emitidas. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Programar el calendario de entrega a los proveedores para la recepción de los bienes.
c) Velar por el correcto funcionamiento de los equipos de la sección.
d) Mantener el orden y el aseo de las bodegas institucionales.
e) Mantener y custodiar un sistema de archivo, registro y control documental de los procesos administrativos en el ámbito de su competencia.
Sección Gestión de Compras a) Realizar las adquisiciones de bienes y
servicios, velando por la cantidad, calidad y
oportunidad de estos elementos.
Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Preparar las bases administrativas y técnicas
para llamar a licitaciones públicas y privadas
para la provisión de los bienes y servicios que
soliciten las distintas dependencias del
Instituto.
c) Seleccionar los mecanismos de compra más
eficientes para la adquisición de los bienes y
servicios que no se deban licitar según lo
establecido en la legislación vigente.
d) Publicar el llamado a licitaciones, efectuar su
apertura, recopilar la documentación
proporcionada por los oferentes y generar los
cuadros comparativos de las ofertas recibidas.
e) Elaborar los proyectos de resoluciones, actos,
bases de propuestas y demás documentos
relacionados con su competencia que deban ser
presentados a la aprobación de la Dirección o de
otras Jefaturas, haciéndose cargo de su
tramitación y comunicación, tanto en el
Instituto como en otros organismos, entidades o
personas, según el caso.
f) Generar las resoluciones de adjudicación de las
licitaciones públicas y/o privadas y publicarlas
una vez aprobadas por la autoridad
correspondiente.
g) Mantener y custodiar un sistema de archivo,
registro y control documental de los procesos
administrativos en el ámbito de su competencia.
h) Ejercer las demás funciones que le encomiende la
Jefatura de Departamento de Administración y
Finanzas y el Director de este Instituto en las
materias de su competencia.
i) Generar y ajustar el Plan Anual de Compras
Institucional, sobre la base de los
requerimientos ordinarios y procedimientos
establecidos.
j) Controlar y mantener los stocks de insumos
generales.
k) Generar informes de reporte de la ejecución del
Plan Anual de Compras y sus ajustes.
l) Atender y dar respuesta a los requerimientos de
información por parte del cliente interno y la
jefatura.
m) Mantener y crear los códigos de los bienes y
servicios adquiridos en el sistema informático
vigente.
n) Ejercer las demás funciones que le encomiende la
Jefatura de Departamento de Administración y
Finanzas y el Director de este Instituto en las
materias de su competencia.
Planificación y Control de Existencias a) Generar el Plan Anual de Compras Institucionales, sobre la base de los requerimientos ordinarios de las dependencias del Instituto ejecutar y controlar la gestión de dicho programa, una vez aprobado. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Gestionar las solicitudes de insumos y/o servicios.
c) Controlar y mantener los stocks de insumos generales.
d) Proporcionar la información necesaria para la planificación y correcta ejecución del abastecimiento institucional y generar informes de reporte de las desviaciones del plan anual de compras.
Subdepartamento de Recursos Humanos a) Planificar, organizar, coordinar y evaluar la administración de los recursos humanos del Instituto y desarrollar las actividades relativas al reclutamiento, selección y capacitación del personal Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Organizar, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para la capacitación, tanto de los funcionarios del Instituto o de los Servicios de Salud cuando corresponda, como, excepcionalmente, de personas ajenas al Instituto, todo ello con la asesoría y supervisión técnica de los demás Departamento y dependencias
c) Elaborar las resoluciones y demás documentos relativos a la designación, término de servicios y, en general, a los derechos y obligaciones de los funcionarios, y velar por su oportuna tramitación y cumplimiento reconocimiento de cargas familiares, resoluciones de inasistencias por licencias médicas.
d) Coordinar y acreditar el proceso de calificación anual del personal y confeccionar y comunicar los escalafones
e) Controlar la dotación, recibir y mantener actualizadas las fianzas y llevar registros individuales de los funcionarios, en que consten sus designaciones, destinaciones, calificaciones, promociones y demás antecedentes, así como las actuaciones de mérito y de demérito que ellos hayan realizado
f) Efectuar el cálculo, liquidación y distribución de las remuneraciones del personal, y
g) Desarrollar las acciones de bienestar social del personal del Instituto y verificar y acreditar los requisitos necesarios para la obtención de los beneficios que se otorguen a través del Servicio de Bienestar.
h) Asesorar a la Dirección en materias relacionadas con su especialidad.
i) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Servicio de Bienestar a) Otorgar beneficios de carácter médico y odontológico a sus afiliados y cargas familiares. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Otorgar ayudas en dineros o especies, no sujetos a restitución por matrimonio, nacimiento, fallecimiento, educación, becas de estudio, ayuda médica, incendio, catástrofe y desgravamen.
c) Otorgar préstamos a sus afiliados de carácter médico, auxilio y habitacional.
d) Fomentar actividades que tiendan al progreso social, cultural, educacional, deportivo y artístico de sus afiliados y familiares.
e) Gestión de convenios para sus afiliados y difusión de los mismos.
f) Atención individual de afiliados.
g) Difusión permanente de derechos y deberes de los afiliados.
h) Velar por el buen funcionamiento de la Sala Cuna y demás acciones de protección social.
i) Realizar otras funciones y/o actividades que la Jefatura del Subdepartamento de Recursos Humanos le encomiende, para el cumplimiento de los objetivos y lineamientos de la Institución.
j)�� Efectuar el control y seguimiento de funcionarios con enfermedades crónicas: diabéticos, hipertensos e ingesta de alcohol.
k)�� Proponer y ejecutar los programas de inmunizaciones del personal: Influenza, hepatitis.
Capacitación a) Liderar, planificar, organizar y coordinar las tareas administrativas requeridas para la ejecución de las actividades de capacitación (internas y externas) del Instituto. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Proponer la planificación de actividades y presupuesto de capacitación para cada año. Levantamiento de Necesidades de Capacitación y elaboración de Instructivos.
c) Ejecutar el presupuesto correspondiente a Capacitación y perfeccionamiento de los funcionarios.
d) Coordinar las tareas y acciones del Comité Bipartito de capacitación institucional, para canalizar dudas, informaciones u otros que se requieran en forma recíproca y darle apoyo técnico en el funcionamiento de éste.
e) Difundir los programas de capacitación del Servicio y coordinar y supervisar la ejecución de las actividades contempladas en ellos.
f) Coordinar prácticas y pasantías de la institución.
g) Coordinar visitas educativas de la institución.
h) Administrar las dependencias y equipos destinados para el desarrollo de actividades de Capacitación.
i) Responder a exigencias establecidas por el Programa de Mejoramiento de la Gestión y Sistema de Gestión de Calidad del sistema de Capacitación.
j) Realizar otras funciones y/o actividades que la Jefatura del Subdepartamento de Recursos Humanos le encomiende, para el cumplimiento de los objetivos y lineamientos de la Institución.
Personas a) Planificar, organizar, coordinar y evaluar la administración de los recursos humanos del Instituto y desarrollar las actividades relativas al reclutamiento y selección del Personal. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Elaborar las resoluciones y demás documentos relativos a la designación, término de servicios y en general a los derechos y obligaciones de los funcionarios y velar por su oportuna tramitación y cumplimiento.
c) Coordinar y acreditar el proceso de calificación anual del personal y confeccionar y comunicar los escalafones.
d) Practicar a los funcionarios las notificaciones a que den lugar las investigaciones sumarias y sumarios administrativos instruidos.
e) Controlar la dotación, recibir y mantener actualizadas las fianzas y llevar registros individúales de los funcionarios, en que consten sus designaciones, destinaciones, calificaciones, promociones y demás antecedentes, así como las actuaciones de mérito y de demérito que ellos hayan realizado.
f) Registrar y controlar los atrasos, permisos administrativos y vacaciones del personal del Instituto gestionar las licencias médicas y controlar que los funcionarios apelen en caso de rechazo de éstas.
g) Realizar otras funciones y/o actividades que la Jefatura del Subdepartamento de Recursos Humanos le encomiende, para el cumplimiento de los objetivos y lineamientos de la Institución.
Remuneraciones a) Efectuar el cálculo, liquidación y distribución de las remuneraciones del personal. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Verificar el cumplimiento de los procedimientos y normativa aplicable a remuneraciones del sector público.
c) Informar y asesorar a la jefatura en materias específicas de su competencia.
d) Atender las consultas y solicitudes de los funcionarios.
e) Realizar otras funciones y/o actividades que la Jefatura del Subdepartamento de Recursos Humanos le encomiende, para el cumplimiento de los objetivos y lineamientos de la Institución.
Acción Social a) Proponer y preparar programas con el propósito de velar por una vida sana para los funcionarios, procurando su bienestar y satisfacción de sus necesidades de trabajo y requerimientos para poder tener un buen desempeño, en un trabajo en conjunto con los integrantes del Subdepto. de RRHH y sección SALPRI. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Realizar estudio y seguimiento de licencias médicas según criterio indicado.
c) Visitar y apoyar a funcionarios y funcionarias enfermos que lo requieran.
d) Hacer informes y propuestas de planes de acción.
e) Elaborar programas en conjunto con el Servicio de Bienestar: recreativos, culturales y educativos para los funcionarios y funcionarias, ampliándolo a su grupo familiar cuando la situación lo permita.
f) Elaborar un Plan de Acción para reubicar funcionarios que por sus condiciones de Salud requieran ser destinados en otras funciones.
g) Ir en ayuda en conjunto con el trabajo con el Bienestar y Servicio Médico del personal de aquellos funcionarios que se encuentren en riesgo social.
h) Realizar otras funciones y/o actividades que la Jefatura del Subdepartamento de Recursos Humanos le encomiende, para el cumplimiento de los objetivos y lineamientos de la Institución.
Subdepartamento de Servicios Generales a) Planificar y diseñar programas de normalización y mantención con énfasis en lo preventivo, de los bienes muebles e inmuebles del Instituto. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Revisar y aprobar las especificaciones técnicas de las licitaciones y contratos que se deban efectuar para las acciones de construcción, mantención y habilitación de bienes y servicios que le competen.
c) Supervisar y controlar el cumplimiento de los servicios y/o contratos externos de prestación de servicios relacionados con las áreas a su cargo, incluyendo los de mantención y reparación de equipos tales como equipos de laboratorio, movilización y lavandería, y de servicios tales como aseo, jardines y recolección de residuos.
d) Garantizar la continuidad de los servicios y funcionamiento desde su ámbito de acción.
e) Coordinar y apoyar las actividades de las Secciones y Unidades a cargo y las acciones de seguridad del Instituto.
f) Contribuir en la generación de soluciones ante eventuales urgencias del servicio en el ámbito de su competencia.
g) Aprobar, generar y/o verificar las solicitudes de compra por convenio marco o licitación y visar las requisiciones a bodega de materiales de los procesos de reparación de las Unidades a su cargo y gestionar las solicitudes de compra hasta su total recepción.
h) Entregar asistencia técnica en terreno en los ámbitos de competencia.
i) Servir de contraparte técnica, ITO y/o ITC en contratos con terceros en el ámbito de su competencia.
j) Supervisar los proyectos de remodelación y/o construcción de la infraestructura institucional, definidos por la Dirección del Instituto.
k) Mantener un sistema de archivo, registro y control documental de los procesos administrativos en el ámbito de su competencia.
l) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Equipos a) Diseñar y ejecutar programas de mantención con énfasis en lo preventivo y reparación de los equipos médicos y de laboratorio, de refrigeración y climatización del Instituto. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Diseñar y proponer las especificaciones técnicas de las licitaciones y contratos que se deban efectuar para las acciones de mantención y habilitación de bienes y servicios que le competen.
c) Supervisar y controlar el cumplimiento de los contratos externos de prestación de servicios relacionados con la mantención y reparación de equipos de laboratorio, refrigeración y climatización.
d) Generar las solicitudes de compra por convenio marco o licitación y visar las requisiciones a bodega de materiales de los procesos de mantención y reparación del equipamiento institucional y gestionar las solicitudes de compra hasta su total recepción.
e) Servir de contraparte técnica, ITO y/o ITC en contratos con terceros en el ámbito de su competencia.
f) Visar las facturas presentadas por las empresas contratistas correspondiente a la ejecución de servicios contratados, generando todos los documentos necesarios para la recepción de los trabajos y dar curso al pago de las facturas respectivas.
g) Gestionar las solicitudes de servicios (O/T) en el ámbito de su competencia.
h) Mantener un sistema de archivo, registro y control documental de los procesos administrativos en el ámbito de su competencia.
Infraestructura a) Coordinar los proyectos de remodelación y/o construcción de la infraestructura institucional, definidos por la Dirección del Instituto. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Diseñar y proponer las especificaciones técnicas de las licitaciones y contratos que se deban efectuar para las acciones de construcción, mantención y habilitación de bienes inmuebles que le competen.
c) Supervisar y controlar la ejecución de los proyectos de infraestructura velando por la óptima ejecución de las obras.
d) Servir de contraparte técnica, ITO y/o ITC en contratos con terceros en el ámbito de su competencia.
e) Visar los estados de pago presentados por las empresas contratistas correspondiente a la ejecución de obras, generando todos los documentos necesarios para la recepción de los trabajos y dar curso a las facturas respectivas.
f) Atender los requerimientos y/o necesidades de los usuarios, en relación con los proyectos de remodelación, mejoramiento y ampliación de la infraestructura.
g) Mantener un sistema de registro y archivo actualizado (fotográfico y planimétrico) de los distintos recintos remodelados.
Servicios y Contratos Externos a) Diseñar y proponer las especificaciones técnicas de las licitaciones y contratos que se deban efectuar para la contratación de servicios que le competen. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Supervisar y controlar el cumplimiento de los servicios y/o contratos externos de prestación de servicios relacionados con las áreas a su cargo, incluyendo los de mantención y reparación de vehículos, equipos de lavandería, y de servicios tales como Aseo, Mantención de Jardines, Vigilancia y Portería, retiro de basura domiciliaria, etc.
c) Servir de contraparte técnica, ITO y/o ITC en contratos con terceros en el ámbito de su competencia.
d) Generar las solicitudes de compra por convenio marco o licitación y visar las requisiciones a bodega de materiales de los procesos de reparación de las Unidades a su cargo y gestionar las solicitudes de compra hasta su total recepción, en el ámbito de su competencia.
e) Supervisar, coordinar y gestionar la ejecución de las tareas propias de las unidades de movilización y lavandería.
f) Visar las facturas presentadas por las empresas contratistas correspondiente a la ejecución de servicios contratados, generando todos los documentos necesarios para la recepción de los trabajos y dar curso al pago de las facturas respectivas.
Mantención a) Diseñar y ejecutar programas de normalización y mantención con énfasis en lo preventivo de los bienes muebles e inmuebles del Instituto. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Velar por la continuidad del funcionamiento de redes sanitarias y de fluidos.
c) Supervisar y controlar el cumplimiento de los contratos externos de prestación de servicios relacionados con la mantención y reparación de bienes muebles e inmuebles del Instituto.
d) Diseñar y proponer las especificaciones técnicas de las licitaciones y contratos que se deban efectuar para las acciones de construcción, mantención y habilitación de bienes que le competen.
e) Servir de contraparte técnica, ITO y/o ITC en contratos con terceros en el ámbito de su competencia.
f) Generar las solicitudes de compra por convenio marco o licitación y visar las requisiciones a bodega de materiales de los procesos de reparación de las Unidades a su cargo y gestionar las solicitudes de compra hasta su total recepción.
g) Asegurar la continuidad del funcionamiento de los servicios de energía eléctrica, térmica, agua potable, aguas tratadas y aire comprimido a las distintas dependencias del Instituto.
h) Visar las facturas presentadas por las empresas contratistas correspondiente a la ejecución de servicios contratados, generando todos los documentos necesarios para la recepción de los trabajos y dar curso al pago de las facturas
respectivas.
i) Gestionar las solicitudes de servicios (O/T) en el ámbito de su competencia.
j) Mantener un sistema de archivo, registro y control documental de los procesos administrativos en el ámbito de su competencia.
Subdepartamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TISs) a) Asesorar a la Dirección en materias relacionadas con Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Gestionar y liderar las iniciativas de Tecnología de Información que la Dirección determine, velando por la compatibilidad con los objetivos institucional.
c) Coordinar acciones con otras áreas de Tecnologías de Información del Sector Público a fin de facilitar la instrumentación de aplicaciones y herramientas que faciliten la gestión del organismo.
d) Proponer políticas, procesos y procedimientos para la incorporación y uso de Tecnologías de Información.
e) Apoyar a los usuarios internos en el uso del equipamiento computacional y la explotación de las aplicaciones.
f) Administrar los recursos de Tecnologías de Información de la institución, asegurando su correcto funcionamiento.
g) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Administración de Plataformas y Comunicaciones a) Controlar la plataforma tecnológica, en lo relacionado a Hardware, Software y Comunicaciones. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Asegurar la disponibilidad y uso de la información, a través de respaldos oportunos y sistemáticos.
c) Intervenir en las decisiones sobre la calidad y medios de Tecnología de Información que emplea la institución, participando en la selección e instalación de equipos.
d) Planificar y controlar el mantenimiento preventivo de los equipos.
e) Coordinar y mantener la disponibilidad de la Red de comunicación de la institución.
f) Establecer, en conjunto con la Unidad de gestión de proyectos TIC, estándares de operación de los recursos disponibles y velar por su cumplimiento
g) Asegurar la integridad y confiabilidad de los datos.
h) Apoyar a los usuarios en el uso del equipamiento computacional y la explotación de las aplicaciones.
i) Administrar los recursos tecnológicos, asegurando su correcto funcionamiento.
j) Administrar los requerimientos de mantención de las soluciones de TIC existentes y realizar o coordinar su realización.
k) Organizar, planificar, controlar y/o desarrollar la mantención de equipos e instalaciones de tipo correctivas que se realicen ante fallas imprevistas del sistema, velando por el restablecimiento de los elementos dañados en los plazos
previstos.
l) Mantener un contacto permanente con los usuarios orientados a solucionar problemas relacionados con la utilización de los sistemas y/o equipos (Apoyo Técnico).
m) Colaborar en la capacitación y entrenamiento de personal.
n) Apoyar y establecer e identificar las necesidades de compras (Hardware/Software) en el corto, mediano y largo plazo.
o) Responsable del equipamiento computacional de la institución (funcionamiento, servicio técnico, ubicación, control y traslado)
p) Responsable de la operación de los sistemas liberados por el sector de proyectos.
q) Mantener funcionando todos los elementos de hardware y software necesarios.
r) Respaldo de la información.
s) Seguridad (niveles, entrega, mantención y operación de claves de acceso de las aplicaciones)
t) Mantener bitácora de actividades diarias del sistema.
u) Responsable de la actualización, instalación, implementación del software en general.
Ejecución de Proyectos Informáticos a) Liderar proyectos de tecnologías de la información en la institución. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Planificar, controlar y evaluar la incorporación de tecnología en el ISP.
c) Apoyar en la generación de bases técnicas o términos de referencia de proyectos informáticos.
d) Formar equipos de proyecto como contrapartes de proveedores externos de servicios.
e) Recibir y validar los entregables provistos por proveedores externos.
f) Controlar el avance de los proyectos.
g) Informar a la Jefatura del Subdepartamento del estado de los proyectos.
h) Planificar acciones correctivas en el caso de desviaciones de lo planificado respecto al o real.
i) Canalizar las necesidades institucionales o requerimientos sobre un proyecto particular hacia la empresa proveedora.
j) Asesorar a las áreas de negocio del ISP en cuanto a la formulación de requerimientos o validaciones técnicas para proyectos internos o externos.
k) Administrar toda la información de los proyectos e informar a los interesados los avances y documentación disponible del mismo.
l) Coordinar, supervisar y controlar los proyectos y contratos externos (desde el punto de vista administrativo, no jurídico).
m) Coordinar, implementar, supervisar y controlar los proyectos Internos
n) Velar por la integridad y consistencia de los diferentes proyectos en curso.
Gestión de Proyectos Informáticos a) Planificar, gestionar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades de Tecnologías de Información y Comunicaciones, en conjunto con la Jefatura del Subdepartamento. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Coordinar acciones con otras áreas de Tecnologías de Información del Sector Público a fin de facilitar la instrumentación de aplicaciones y herramientas que faciliten la gestión de los organismos.
c) Mantener informadas a la plana directiva y usuarios en general de los avances producidos en Tecnologías de Información, a objeto de estudiar su incorporación al servicio.
d) Realizar análisis periódicos de calidad y productividad del Subdepartamento.
e) Planificar y dirigir el análisis de los procesos que se decidan mejorar.
f) Supervisar y controlar los recursos y contratos externos.
g) Apoyar a la jefatura en la planificación de los programas de capacitación y fiscalizar su cumplimiento.
h) Asesor a la jefatura en la identificación de nuevos requerimientos de Tecnologías de Información, estudiando la factibilidad de su incorporación al Sistema Corporativo.
i) Supervisar la correcta ejecución de los proyectos relacionados con incorporación de Tecnologías de Información en la institución, velando por mantener una coherencia entre éstas y los lineamientos definidos en el Plan Informático.
j) Definir normas, regulaciones y políticas de TIC internas al instituto en conjunto con la sección de Administración de Plataformas y Comunicaciones, controlar su cumplimiento e instrumentalizar la incorporación de mejoras
en forma continua.
Subdepartamento de Gestión Financiera a) Confeccionar el proyecto de presupuesto anual del Instituto, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias y demás disposiciones aplicables a la materia, y someterlo a la consideración del Director. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Elaborar el proyecto de Balance General y demás estados o informes contables o financieros que deba presentar el Instituto o sean requeridos por su Dirección o los Departamentos Técnicos.
c) Proponer procedimientos internos de administración contable y financiera en conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes y las instrucciones emanadas de las autoridades competentes y, una vez aprobados, ejecutarlos y velar por su aplicación.
d) Realizar todo el manejo de fondos y de Tesorería, así como el inventario físico y el control de existencia y de los bienes del Instituto.
e) Controlar, registrar y autorizar toda orden de pago.
f) Velar por la correcta y eficiente utilización de los recursos financieros, analizar las respectivas cuentas de ingresos y egresos y controlar los costos de los bienes y servicios que produce el Instituto.
g) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Tesorería a) Custodiar los valores y documentos que respaldan la gestión financiera de la Institución. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Recaudar los ingresos generados por la comercialización de los productos y servicios del Instituto.
c) Efectuar los pagos de las obligaciones de la Institución.
d) Pagar en forma oportuna las remuneraciones del personal y las obligaciones de orden laboral, provisional y de salud.
e) Tramitar y manejar los fondos y cuentas bancarias de la Institución.
Contabilidad y Cobranzas a) Llevar el registro de los movimientos contables de las transacciones. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Llevar el control presupuestario de los ingresos y gastos de la Institución.
c) Preparar toda la documentación contable para el pago de los bienes y servicios.
d) Preparar balances, estados financieros o contables de acuerdo a la normativa contable.
e) Recaudar y efectuar las gestiones de cobranzas de clientes morosos.
Administración de Bienes a) Cautelar el patrimonio y los activos de la Institución a través del registro y control de inventario. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Actualizar los registros de los bienes inventariables de la institución.
c) Registrar y efectuar seguimiento de los servicios de mantención contratados por la Institución.
Subdepartamento de Comercialización a) Centralizar la recepción, registro y distribución interna de las solicitudes y documentos que se presenten al Instituto, informar al público sobre su tramitación y resultados, así como numerar, registrar y despachar los informes, oficios y demás correspondencia, expidiendo las certificaciones que conciernan a estas acciones. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Estudiar y proponer pautas para la adecuada comercialización de los productos y servicios del Instituto, así como sus aranceles y precios y efectuar dicha comercialización.
c) Mantener una adecuada estadística de las ventas de bienes y servicios, para lo que podrá recabar la información necesaria de las unidades que dispongan de ellas.
d) Revisar, ingresar y hacer seguimiento a las solicitudes sujetas a la normativa sanitaria que se presenten al Instituto e informar a usuarios acerca de los requisitos para solicitar prestaciones o bienes.
e) Apoyar a los usuarios en la utilización de los distintos sistemas informáticos de trámites virtuales.
f) Recibir, foliar, registrar, custodiar y despachar toda la documentación oficial que ingrese o salga del Instituto.
g) Almacenar y custodiar los bienes institucionales que necesiten ser conservados en cámaras de frío.
h) Realizar los despachos correspondientes a las ventas de bienes institucionales y de otros productos relacionados con el quehacer institucional.
i) Informar al Cliente sobre la organización, competencia y funcionamiento del Instituto, formalidades y plazos de las presentaciones o solicitudes presentadas ; la documentación y antecedentes que deben acompañarse a éstas los
procedimientos y su tramitación y las demás indicaciones necesarias a fin de que el público tenga un acceso expedito y oportuno a sus diversas prestaciones.
j) Recibir y estudiar las sugerencias que los usuarios presenten ante ella, que tengan por objeto mejorar el funcionamiento del Servicio.
k) Recibir los reclamos que los usuarios presenten en relación al Instituto o respecto de alguno de sus funcionarios, que tengan por objeto representar deficiencias, abusos, faltas, omisiones o cualquier otra irregularidad que afecten
al interés personal legítimo del reclamante.
l) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.
Sección Atención de Pacientes a) Recibir, registrar, conservar, resguardar y distribuir las muestras clínicas y del ambiente enviadas al Instituto por los usuarios beneficiarios pacientes y clientes, según normativa establecida. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Hacer entrega de las muestras recibidas en la sección a los diferentes laboratorios de la Institución, de acuerdo a procedimientos establecidos.
c) Tomar muestras clínicas de acuerdo a los requisitos técnicos establecidos para la etapa preanalítica.
d) Recibir, registrar y resguardar los informes de resultados enviados por los laboratorios y entregarlos a los usuarios, pacientes, beneficiarios y clientes.
e) Informar al público sobre su tramitación y resultados, así como numerar, registrar y despachar los informes, oficios y demás correspondencia, expidiendo las certificaciones que conciernan a estas acciones.
f) Dar respuesta oportuna en casos de emergencias sanitarias, epidemiológicas y clínicas.
Sección Ventas a) Comercializar los bienes y servicios que el Instituto produce, bajo la normativa tributaria vigente, con la emisión de documentos comerciales que corresponde. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Centralizar la custodia de los Convenios de Prestación de Servicios suscritos con otras entidades públicas y privadas.
c) Efectuar la coordinación de la adscripción al PEEC entre usuarios y Departamentos Técnicos
d) Apoyo a los clientes en la utilización del sistema informático referente a trámites virtuales.
e) Recibir, foliar, registrar, custodiar y despachar toda la documentación oficial que ingrese o salga del Instituto.
f) Centralizar la recepción, registro y distribución interna de las solicitudes, documentos y muestras que se presenten al Instituto, informar al público sobre su tramitación y resultados, así como numerar, registrar y despachar los informes,
oficios y demás correspondencia, expidiendo las certificaciones que conciernan a estas acciones.
g) Mantener una adecuada estadística de las ventas de bienes y servicios.
h) Revisar, ingresar y hacer seguimiento a las solicitudes sujetas a la normativa sanitaria que se presenten al Instituto e informar a usuarios acerca de los requisitos para solicitar prestaciones o bienes.
i) Aplicar el arancel y su reajustabilidad en los sistemas informáticos de facturación y tramitación electrónica.
j) Proporcionar a Contabilidad los cierres diarios, mensuales y anuales de las ventas de bienes y servicios con sus respectivos libros de ventas y centralizado de ventas.
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) a) Informar al Cliente sobre la organización, competencia y funcionamiento del Instituto, formalidades y plazos de las presentaciones o solicitudes presentadas ; la documentación y antecedentes que deben acompañarse a éstas ; los procedimientos y su tramitación y las demás indicaciones necesarias a fin de que el público tenga un acceso expedito y oportuno a sus diversas prestaciones. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Informar sobre la ubicación, competencia y horarios de las unidades de la Administración del Estado perteneciente a otros órganos, servicios o empresas relacionadas con las prestaciones que se requieran.
c) Recibir y estudiar las sugerencias que los usuarios presenten ante ella, que tengan por objeto mejorar el funcionamiento del Servicio.
d) Recibir los reclamos que los usuarios presenten en relación al Instituto o respecto de alguno de sus funcionarios, que tengan por objeto representar deficiencias, abusos, faltas, omisiones o cualquier otra irregularidad que afecten al interés personal legítimo del reclamante.
e) Dar respuesta en forma efectiva a las solicitudes de información presentadas por clientes, usuarios o beneficiarios, cumpliendo en forma y fondo con el espíritu de las leyes de transparencia y de procedimientos administrativos que norman las OIRS.
f) Velar por la publicidad de los actos de la administración verificando la publicación completa y oportuna de la información pública, amparados en la ley N° 20.285.
g) Realizar encuestas y Mediciones sobre la satisfacción de los Usuarios respecto a la calidad de la atención y las expectativas de éstos al acercarse al organismo.
h) Establecer la coordinación con dispositivos de Información y Comunicación, tanto con los pertenecientes al propio organismo como con aquellas reparticiones con las que exista relación temática o del destinatario.
i) Ser el espacio en el cual se difunda la Carta de Derechos Ciudadanos elaborada por la Institución.
Sección SIAC y Transparencia a) Elaborar, revisar y controlar las respuestas a solicitudes que se realizan a los
distintos espacios de atención, ya sea por medio de cualquiera de los canales
habilitados para dar cumplimiento a la ley Núm. 20.285.
b) Estandarizar, coordinar y controlar las funciones de los Espacios de Atención
de los que dispone este Instituto.
c) Velar por el cumplimiento de los lineamientos gubernamentales, estratégicos y
del marco legal de la atención de clientes y de los derechos ciudadanos.
d) Actualizar el link de Gobierno Transparente Institucional.
e) Coordinar y requerir a los responsables institucionales la actualización
mensual del sitio de Transparencia Activa.
f) Mantener contacto fluido con el Consejo para la Transparencia.
g) Ser responsable por la gestión de las solicitudes de Transparencia Pasiva.
h) Planificar el proceso administrativo de los espacios de atención en
coordinación con sus responsables directos.
i) Elaboración del Plan de Acción que incluye el Plan de Difusión de los
espacios de atención del Instituto.
j) Capacitar al personal de los distintos espacios de atención.
k) Elaborar el informe Estado de Avance del Programa anual de trabajo del Sistema
Integral de Atención Ciudadana.
l) Diseñar, ejecutar, tabular y analizar los resultados de las encuestas de
satisfacción.
m) Colaborar en la implementación y mantención de las certificaciones de calidad
de los espacios de atención institucionales, según el alcance que se determine.
n) Efectuar la coordinación con otros dispositivos de información, tanto con los
pertenecientes al propio organismo como con aquellas reparticiones con las que exista
relación temática o del destinatario.
o) Tener a su cargo el desarrollo inicial de las políticas de seguridad de la
información al interior de la organización, el control de su implementación, y
velar por su correcta aplicación.
p) Coordinar las actividades del Comité de Seguridad de la Información.
q) Coordinar la respuesta a incidentes que afecten a los activos de información
institucionales.
r) Establecer puntos de enlace con encargados de seguridad de otros organismos
públicos y especialistas externos que le permitan estar al tanto de las tendencias,
normas y métodos de seguridad pertinentes.
s) Monitorear el avance general de la implementación de las estrategias de control
y tratamiento de riesgos del Sistema de Seguridad de la Información.
t) Mantener la correcta coordinación con otras unidades del Servicio para apoyar
los objetivos de seguridad.
Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 28 de marzo de 2013
Sección Cámara y Despacho a)Almacenar y custodiar los bienes institucionales que necesiten ser conservados en cámaras de frío. Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b)Realizar los despachos correspondientes a las ventas de bienes institucionales y de otros productos relacionados con el quehacer institucional.
Departamento Asuntos Científicos Texto Refundido Resolución N° 335 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Subdepartamento de Vigilancia de Laboratorio a) Consolidar y analizar los resultados de la vigilancia de laboratorios proveniente de los Departamentos de Laboratorio Biomédico Nacional y de Referencia, Salud Ambiental y Salud Ocupacional.  
b) Generar información veraz, certera, oportuna y con respaldo científico que contribuya al diagnóstico de la situación de salud de la población y a la formulación de políticas públicas de prevención, manejo y control de enfermedades.
c) Emitir información sistemática a los diferentes niveles del sistema de salud, de acuerdo a las normativas vigentes dispuestas por el Ministerio de Salud.
d) Mantener información actualizada sobre la red de laboratorios clínicos y de Salud Pública con enfoque de riesgo epidemiológico.
e) Analizar el riesgo en salud al que puede estar expuesto la población en Chilesegún los datos disponibles en la institución.
f) Participar en la planificación, ejecución, monitoreo y evaluación de los programas de Salud Pública normados por el Ministerio de Salud en el marco de la misión y los valores del Instituto de Salud Pública.
g) Difundir en la institución eventos o alertas de importancia en Salud Pública, así como información disponible en boletines, revistas, portales web, etc. de otras instituciones homologas internacionales oinstituciones nacionales.
Subdepartamento de Estudios y Evaluación de Tecnologías en Salud a) Apoyar, impulsar y desarrollar en la institución estudios epidemiológicose investigación científica aplicada respecto de los principales problemas de salud de la población del país, cuyos resultados representen un aporte para el conocimiento y progreso de la Salud Pública en Chile.  
b) Generar alianzas estratégicas con instituciones científicas nacionales y prestigiosas instituciones científicas internacionales homologas al Instituto de Salud Pública.
c) Crear y apoyar el desarrollo de publicaciones científicas y promover su publicación en revistas científicas reconocidas.
d) Apoyar la organización y desarrollo de las jornadas científicas anuales de la institución.
e) Resguardar como patrimonio de la institución todos los productos generados por el departamento como informes, reportes, boletines, publicaciones científicas, resumen de jornadas científicas entre otros.
f) Generar base de datos actualizadas con fondos concursables para investigación científica en el área de Salud Pública
g) Promover la evaluación de nuevas y existentes tecnologías en salud en el ámbito de acción del Instituto de Salud Pública de Chile incluyendo la evaluación de medicamentos, vacunas o inmunógenos, biopreparados, kits de diagnóstico, reactivos, equipos de laboratorios, dispositivos médicos y elementos de protección personal.
h) Desarrollar, implementar y mantener nuevas tecnologías de análisis informáticos en salud en el ámbito de acción del Instituto de Salud Pública.
Agencia Nacional de Medicamentos Asegurar la eficacia, seguridad y calidad de los medicamentos, los cosméticos y los dispositivos médicos sujetos a control sanitario utilizados en el país, desde su investigación hasta su utilización, para contribuir al mejoramiento de la salud de la población. Sus funciones se encuentran descritas en el artículo 28 del decreto 1.222 y su administración le corresponderá a su Jefatura, la que, en el ejercicio de sus funciones será asesorada por una Unidad Ejecutiva. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Modifica Resolución 292 y 1553 de 2014 y 2012 respectivamente, creando el Subdepartamento de Control de Coemrcio Exterior, Estupefacientes y Psicotrópicos Resolución Exenta 977-15 Ver Detalle 19-03-2015
Determina estructura de ANAMED y Delega Facultades Resolución Exenta 292-14 Ver Detalle 12-02-2014
Unidad Ejecutiva Agencia Nacional de Medicamentos a) Monitoreo del cumplimiento de gestión, según la programación operativa anual del Departamento. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Cumplir con los lineamientos y acciones que defina la Unidad de Planificación Estratégica y Control de Gestión (UPECG) para cumplir con el plan estratégico de la institución.
c) Entregar la programación, informes y reportes, que requiera la Unidad de Planificación Estratégica y Control de Gestión en los plazos estipulados.
d) Presentar los proyectos del Departamento.
e) Apoyar al coordinador de riesgo institucional para el cumplimiento de los requisitos técnicos del cargo, según las Guías Técnicas del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG)
f) Diseñar, coordinar y evaluar las actividades necesarias para asegurar que el Departamento desarrolle de manera efectiva y eficiente la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad correspondiente.
g) Identificar y evaluar, la pertinencia de los riesgos derivados de cada proceso declarado e incorporado al Sistema de Calidad, con el fin de ser incluido en la Matriz de Riesgo Departamental.
h) Programar y coordinar la generación y la validación de la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de su Departamento.
i) Programar, ejecutar y evaluar el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de Calidad de su Departamento, a través de la generación, seguimiento, control y evaluación de eficacia de acciones correctivas, preventivas y de mejora.
j) Informar el avance de la implementación, certificación y mantención del Sistema de Gestión de Calidad del Departamento al coordinador de calidad institucional y a la Jefatura de su Departamento, en la forma y periodicidad establecida
por el Consejo de Calidad Institucional.
k) Revisión de antecedentes legales y elaboración de informes en solicitudes de modificaciones de Registros Sanitarios.
l) Revisión de antecedentes legales y elaboración de informes respecto de solicitudes de autorización de instalación, traslado o ampliación de la planta física y de la línea de actividades de los laboratorios de producción farmacéutica
y cosmética.
m) Asesorar al Subdepartamento de Inspecciones en su labor de control sanitario en los establecimientos farmacéuticos y cosméticos respecto de la aplicación de medidas sanitarias.
n) Participar en representación del Departamento en los comités resolutivos de sumarios sanitarios de la Asesoría Jurídica.
o) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Subdepartamento de Registros y Autorizaciones Sanitarias a) Evaluar las solicitudes de registro de medicamentos y cosméticos sujetos a control sanitario, y proponer su aprobación, denegación o desistimiento. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Evaluar y resolver las solicitudes de registro de productos cosméticos.
c) Autorizar las renovaciones de los registros de productos farmacéuticos.
d) Autorizar las transferencias de registros de productos farmacéuticos y cosméticos.
e) Rectificar de resoluciones o anexos de modificaciones al registro sanitario.
f) Determinar el régimen de control aplicable a productos cuya clasificación es indefinida.
g) Evaluar y proponer las solicitudes de uso provisional de medicamentos sin registro de acuerdo a la legislación vigente.
h) Proponer la cancelación de registro sanitario.
i) Resolver solicitudes de exenciones de Control de Calidad de productos farmacéuticos con o sin registro sanitario.
j) Evaluar y proponer la autorización de internación de productos farmacéuticos en conformidad al artículo 67 del decreto supremo 1,876.
k) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Sección Registros Farmacéuticos Unidad operativa dependiente del Subdepartamento de Registro y Autorizaciones Sanitarias, encargada de evaluar las solicitudes de registro y modificaciones a los registros sanitarios de productos farmacéuticos. Autorizar las renovaciones de los registros de productos farmacéuticos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Sección Cosméticos Unidad operativa dependiente del Subdepartamento de Registro y Autorizaciones Sanitarias, encargada de evaluar las solicitudes de registro, modificaciones, renovaciones, exenciones de control de calidad de los registros sanitarios de productos cosméticos, como también, evaluar y la inscripción de titulares y resolver las declaraciones de productos de higiene y bajo riesgo y conceder o denegar las renovaciones de los mismos productos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Sección Estudios Clínicos Unidad operativa dependiente del Subdepartamento de Registro y Autorizaciones Sanitarias, encargada de evaluar la utilización en ensayos clínicos de productos farmacéuticos sin registro sanitario nacional o con registro sanitario nacional pero usado en una indicación, esquema posológico o grupo etario diferente a lo autorizada por este Departamento. Evaluar las modificaciones que se soliciten en relación a la autorización de uso de medicamentos en investigación clínica. Efectuar un seguimiento, de las actividades de los centros y laboratorios que realizan dichos estudios en seres humanos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Sección Productos Nuevos Evaluar y resolver las solicitudes de registro sanitario de productos farmacéuticos nuevos. Evaluar y resolver solicitudes de modificación de aspectos terapéuticos de registros sanitarios vigentes. Emitir informes técnicos relativos a la impugnación de resoluciones de denegación del registro sanitario de productos farmacéuticos nuevos. Emitir informes técnicos relativos a la impugnación de resoluciones denegatorias a modificaciones terapéuticas. Resolución N° 1654   17 de agosto de 2011
Subdepartamento de Inspecciones a) Evaluar las solicitudes de instalación, apertura, funcionamiento, modificación y traslado de establecimientos de fabricación de productos farmacéuticos y cosméticos, y de los laboratorios externos de control de calidad de estos productos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Efectuar el control y la vigilancia técnica de los establecimientos y laboratorios referidos en el punto anterior, sobre su funcionamiento acorde con las normas y reglamentos vigentes y elaborar los informes respectivos.
c) Efectuar las investigaciones, auditorias y recomendar sumarios sanitarios cuando el caso lo amerite, e informar de los resultados de estos procedimientos.
d) Efectuar el control y vigilancia técnica de los recetarios magistrales y oficinales con el fin de fiscalizar el uso de prácticas correctas de elaboración de productos magistrales y oficinales.
e) Autorizar el uso y disposición de los medicamentos, cosméticos y sustancias relacionadas al país, y emitir los certificados de registro correspondientes.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Sección Buenas Practicas de Manufactura y Buenas Prácticas de Laboratorio Efectuar la inspección, fiscalización y control sanitario a los establecimientos de producción farmacéutica, cosmética y laboratorios externos de control de calidad. Evaluar las solicitudes de instalación, funcionamiento y modificación de dichos establecimientos y emitir los certificados de vigencia correspondientes. Efectuar el control sanitario e investigar las denuncias a productos farmacéuticos y cosméticos. Autorizar las claves y convenios de los laboratorios anteriormente referidos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Sección Productos Magistrales Control sanitario e investigación de denuncias de productos magistrales. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Unidad de Certificación e Internaciones Autorizar el Uso y Disposición de productos sometidos a control sanitario y emitir certificados de registro sanitario. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Subdepartamento Laboratorio Nacional de Control a) Ejecutar e informar los análisis de calidad, seguridad y eficacia previstos para productos farmacéuticos y cosméticos sometidos a sus correspondientes regímenes sanitarios, fabricados por laboratorios nacionales o extranjeros. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Ejecutar los análisis para verificar la calidad de los medicamentos en etapa de pre-comercialización y comercializados e informar los estudios que se desprendan de los resultados de dichos análisis.
c) Ejecutar los análisis periciales y elaborar los informes técnicos respectivos, sobre muestras de medicamentos y cosméticos objetos de denuncias a la calidad, entregadas por otras unidades del Departamento o remitidas al Instituto por los organismos del Sistema Nacional de Servicios de Salud, los Tribunales de Justicia u otras reparticiones u organismos del Estado.
d) Estudiar y desarrollar técnicas para perfeccionar el control de la calidad y garantizar el cumplimiento de los requisitos de actividad, pureza, inocuidad, eficacia, estabilidad y otros de los productos sujetos a control sanitario.
e) Autorizar el Control de Serie de productos o su adelanto y el acondicionamiento de productos biológicos.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Sección Fisicoquímica Su función es realizar los controles fisicoquímicos a la muestras de medicamentos y cosméticos que se derivan de los Programas de Control de Serie, Control de Estantería y Muestras Legales por denuncias a la calidad. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Sección Pruebas Biológicas Su función es realizar control de calidad de productos biológicos, mediante pruebas biológicas, a muestras de medicamentos que se derivan de los programas de Control de Serie, Control de Estantería y Muestras legales por denuncias a la calidad. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Sección Microbiología Su función es realizar los controles microbiológicos a las muestras de medicamentos y cosméticos que se derivan de los programas de Control de Serie, Control de Estantería y Muestras Legales por Denuncias. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Subdepartamento de Estupefacientes y Psicotrópicos a) Efectuar el control y fiscalización del movimiento y uso lícito en materias de importación, exportación, tránsito, extracción, producción, fabricación, fraccionamiento, distribución, destrucción y baja de drogas, preparados y productos estupefacientes y psicotrópicos y demás productos sometidos a controles o condiciones especiales. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Determinar las previsiones anuales de estupefacientes y psicotrópicos y preparar los certificados oficiales de importación o exportación, autorizar el uso y/o disposición de estas drogas y productos ingresados al país y otros instrumentos relativos a estas sustancias y productos.
c) Reunir, procesar, analizar, mantener actualizados los datos generados y preparar las comunicaciones de la información estadística o de otra naturaleza referente a las mencionadas sustancias que deben despacharse a autoridades nacionales y organismos internacionales y generar información periódica que permite la oportuna toma de decisiones.
d) Efectuar las auditorias, investigaciones de denuncias a la calidad de productos estupefacientes y psicotrópicos y proponer los sumarios sanitarios cuando el caso lo amerite.
Subdepartamento de Biofarmacia y Bioequivalencia a) Evaluar los aspectos biofarmacéuticos de los medicamentos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Elaborar las propuestas para establecer el marco regulatorio para los estudios farmacocinéticos y de equivalencia terapéutica.
c) Realizar actividades de investigación en el área, para verificar la calidad y eficacia de los medicamentos.
d) Evaluar los estudios farmacocinéticos para productos que solicitan registro sanitario.
e) Evaluar y autorizar los estudios de equivalencia terapéutica (in vivo o in vitro).
f) Autorizar y fiscalizar los centros autorizados o reconocidos para realizar estudios de bioequivalencia (in vivo o in vitro).
g) Autorizar modificaciones, observaciones o prórrogas de protocolos de estudios de bioequivalencia o bioexención.
h) Efectuar estudios de disolución para establecer características de desempeño de la forma farmacéutica, con fines de verificación del cumplimiento de productos cuya equivalencia terapéutica ha sido establecida mediante estudios in vitro.
i) Efectuar actividades de difusión y capacitación a los profesionales vinculados al ámbito de los medicamentos.
j) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Subdepartamento de Farmacovigilancia a) Proponer un sistema de farmacovigilancia en Chile. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Promover la farmacovigilancia en los hospitales de la red del Sistema Nacional de Servicios de Salud y otros centros centinelas, así como también en centros asistenciales del sector privado de salud y en las carreras universitarias del área de la salud.
c) Capacitar y estimular a los profesionales de los equipos de salud para realizar la correcta notificación de reacciones adversas a medicamentos.
d) Mantener una base de datos con las notificaciones recibidas y vincular el Subdepartamento con las organizaciones internacionales y agencias reguladoras competentes en esta materia.
e) Proponer alternativas para enfrentar adecuadamente los eventos adversos severos producidos por medicamentos.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Subdepartamento de Dispositivos Médicos a) Autorizar y fiscalizar a las entidades que realizan la verificación de la conformidad y certificación de dispositivos médicos sujetos a control sanitario. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Autorizar el uso y disposición, establecer un registro y mantener una base de datos de los dispositivos médicos bajo control obligatorio.
c) Evaluar y emitir los certificados de exportación de Dispositivos Médicos, a solicitud de las empresas interesadas y proponer la aprobación o denegación de dichas solicitudes.
d) Establecer un programa de tecnovigilancia para los dispositivos médicos en uso en el país.
e) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su competencia.
Jefatura de la Agencia Nacional de Medicamentos a) Autorizar por medio de Certificados Oficiales la importación y exportación de drogas o productos estupefacientes, psicotrópicos, precursores o psicoactivos. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Conceder y denegar los registros sanitarios de productos farmacéuticos y cosméticos.
c) Autorizar la utilización de drogas estupefacientes o psicotrópicas prohibidas en el territorio nacional, o en forma provisoria de productos no registrados, como también el iniciar trámites de importación, para fines de investigación clínica o científica.
d) Autorizar la internación y decomiso de los medicamentos, cosméticos y demás productos sujetos a control sanitario, así como su pérdida, siempre que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditada.
e) Autorizar la instalación, ampliación, planos, local, apertura, funcionamiento, traslado, modificación y cierre (temporal o definitivo) y reapertura, de establecimientos de fabricación de productos farmacéuticos, cosméticos y otros sujetos a control sanitario, así como de los laboratorios externos de control de calidad de estos productos, e inspección de su funcionamiento.
f) Emitir los Certificados de laboratorios de producción farmacéutica con acreditación de cumplimiento de BPM y BPL
g) Conceder registros sanitarios de productos farmacéuticos
h) Eximir temporal o definitivamente de Control de Serie de productos farmacéuticos cualquiera sea su naturaleza.
i) Denegar los Controles de Serie (rechazo de lotes) cualquiera sea su naturaleza.
j) Autorizar a los Organismos Certificadores de Dispositivos Médicos.
k) Autorizar la importación y uso de medicamentos sin registro sanitario.
l) Autorizar la importación y uso de medicamentos con registro sanitario, en conformidad al artículo 67 del Decreto Supremo Nº 1.876, de 1995, del Ministerio de Salud.
m) Autorizar Centros de Farmacovigilancia regionales.
n) Autorizar certificados de productos equivalentes terapéuticos para los productos farmacéuticos que hayan cumplido con la condición.
o) Autorizar centros de estudios de bioequivalencia y/o bioexención.
Jefatura de la Agencia Nacional de Medicamentos a) Disponer cometidos funcionarios y comisiones de servicio que no involucren gastos de pasajes ni de viáticos, para el ejercicio de todas las facultades de control, que le encomiendan las leyes, decretos o reglamentos, al Instituto de Salud Pública de Chile. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Eximir los derechos arancelarios que deban pagarse por actuaciones del Instituto a las personas naturales o jurídicas que efectúen donación de medicamentos con fines de asistencia social.
c) Disponer el retiro del mercado, así como también la aplicación de las demás medidas sanitarias contempladas en el artículo 178 del Código Sanitario, de los medicamentos, alimentos de uso médico, cosméticos y demás productos sujetos a control sanitario.
d) Ratificar las medidas sanitarias impuestas por el ministro de fe.
e) Disponer la entrega de la información que le sea solicitada en conformidad a la Ley Num. 20.285.
f) Determinar que la información solicitada afecta derechos de terceros y de comunicarles tal decisión, para los efectos de lo previsto en el artículo 20 de la Ley Num. 20.285.
Jefatura del Subdepartamento de Registros y Autorizaciones Sanitarias a) Autorizar la inscripción de establecimientos elaboradores y/o importadores de productos de higiene, productos de bajo riesgo de producción y odorizantes. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Autorizar la inscripción de titulares que hayan solicitado registro como elaborador o importador de cosméticos, así como también su denegación, cuando fuere procedente, según lo disponen los artículos 23 y 24 del D.S. 239, de 2002, del Ministerio de Salud.
c) Conceder registros sanitarios de productos cosméticos y autorizar las modificaciones que correspondan, así como los rechazos de los mismos trámites.
d) Autorizar las renovaciones de registros sanitarios.
e) Dictar las resoluciones y oficios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Jefatura del Subdepartamento de Registros y Autorizaciones Sanitarias a) Autorizar las modificaciones legales, técnicas y analíticas de los productos farmacéuticos, renovaciones de registros sanitarios y exenciones. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Autorizar transferencias de registros sanitarios de los medicamentos y cosméticos, previo los informes técnicos y jurídicos correspondientes.
c) Autorizar las renovaciones de productos farmacéuticos.
d) Eximir del análisis de control de calidad local, cuando corresponda.
e) Solicitar los informes técnicos a especialistas o agrupaciones de especialistas que se requieren para la evaluación de productos cosméticos en el trámite de su registro.
Jefatura del Subdepartamento de Estupefacientes y Psicotrópicos a) Autorizar la provisión de importación y exportación por droga o por producto estupefaciente y psicotrópico. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Autorizar o rechazar el uso y disposición de drogas y/o productos estupefacientes y psicotrópicos, precursores ó psicoactivos.
c) Autorizar la venta de drogas estupefacientes y/o psicotrópicas entre droguerías y establecimientos asistenciales y farmacias.
d) Autorizar la importación de productos estupefacientes ó psicotrópicos a granel que no cuentan con registro sanitario, para su reacondicionamiento y posterior exportación como producto terminado.
e) Autorizar la transferencia o destrucción de drogas o productos estupefacientes y psicotrópicos.
f) Autorización para reprocesar productos estupefacientes y psicotrópicos.
Jefatura del Subdepartamento de Inspecciones a) Emitir Oficios de mero trámite que den cuenta de la incorporación de antecedentes a los procedimientos de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Emitir resoluciones de convenios generales de control de calidad entre establecimientos, sin modificación del registro sanitario.
c) Autorizar claves de laboratorios de producción y otros establecimientos, así como sus modificaciones.
d) Certificar la vigencia de funcionamiento de establecimientos autorizados.
Jefatura de la Sección Certificaciones e Internaciones a) Firmar los Certificados de Destinación Aduanera, que le corresponda firmar al Instituto de Salud Pública de Chile, en virtud del convenio con las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
b) Autorizar y firmar la resolución de Uso y Disposición de las mercancías afectas al artículo 2º de la ley 18.164.
Asimismo, podrá denegar tales autorizaciones, en cuyo caso lo efectuará mediante resolución fundada.
c) Firmar los Certificados de Registro Sanitario correspondientes.
d) Firmar los Certificados de Productos No Registrables.
e) Autorizar los Usos y Disposiciones de productos sujetos a control sanitario.
Jefaturas de Departamento de este Instituto, Unidades Asesoras de Dirección y Subdepartamentos de ANAMED Delégase las facultades contenidas en los artículos 26, 31, 33, 35 y 43 inciso primero de la ley 19.880, en la tramitación de los procedimientos y expedientes que sean de su competencia. Texto Refundido Resolución N° 334 Ver enlace 30 de marzo de 2011
Con todo, las resoluciones que pongan término al procedimiento sólo podrán ser dictadas por la jefatura del Subdepartamento de Registro y Autorizaciones Sanitarias, o por la jefatura de la Agencia Nacional de Medicamentos, según corresponda.


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