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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (Servicio de Salud Magallanes).

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
Dirección de Servicio La Dirección del Servicio de Salud Magallanes, estará a cargo del Director seleccionado, designado y evaluado conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, establecido en el Título VI de la ley Nº 19.882, cuyas funciones y facultades están definidas en el D.L. N°2.763/79 y en el Decreto Supremo N°140 del 2004 Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, quien será el jefe superior del Servicio para todos los efectos legales y administrativos y tendrá su representación judicial y extrajudicial. Decreto Supremo 140/2004, (Capitulo II, Titulo I, Párrafo I, Art. 6º al 10º) Si Sin modificaciones
Al Director le corresponderá la organización, planificación, coordinación, evaluación y control de las acciones de salud que presten los establecimientos de la Red Asistencial del territorio de su competencia, para los efectos del cumplimiento de las políticas, normas, planes y programas del Ministerio de Salud. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
Deberá, asimismo, velar por la referencia, derivación y contra derivación de los usuarios del Sistema, tanto dentro como fuera de la mencionada Red conforme a las normas técnicas que dicte al efecto el Ministerio de Salud. No
Departamento de Auditoría Creado por Resolución Exenta N° 80, de fecha 15.01.2007, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
La función de Auditoria tiene por objeto asesorar y colaborar con el Director de Servicio en la fiscalización, control y evaluación de las acciones que debe cumplir el Servicio, en materias de orden asistencial, técnico administrativo, financiero, patrimonial y de gestión, comprendidas en el campo de su competencia. No
Departamento Jurídico Creado por Resolución Exenta N° 2212, de fecha 23.06.2010, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
Tiene por objeto asesorar al Director del Servicio, a los directivos del mismo y a los establecimientos integrantes de la Red, en la interpretación y aplicación de las normas legales y reglamentarias relativas al Servicio, emitiendo los informes que le sean requeridos sobre las materias de su competencia y cumplir las demás funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. No
Unidad Relaciones Públicas y Comunicaciones: Creado por Resolución Exenta N° 2214, de fecha 23.06.2010, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
Estará encargado de diseñar, proponer y coordinar políticas comunicacionales corporativas y las relaciones públicas de la institución, con el fin de lograr una adecuada difusión de los programas y actividades del Servicio entre la comunidad interna y externa. En este marco, también le corresponderá diseñar y coordinar planes y actividades de comunicación y promoción en salud, generando redes y alianzas estratégicas con los medios de comunicación, y desempeñar otras actividades propias de su naturaleza, y/o que se le encomienden o deleguen, lo anterior de conformidad al art. 16 del Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. No
Consejo Integrado de la Red Asistencial (CIRA) Creado por Resolución Exenta Nº 2147/16.06.2009 y actualizada su conformación mediante Resolución exenta Nº 3657 de fecha 01.09.2011 y Resolcuión Nº 4461 del 17.10.2011, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
Le corresponderá asesorar al Director y proponer todas las medidas que considere necesarias para optimizar la adecuada y eficiente coordinación y desarrollo entre la Dirección, sus establecimientos dependientes en todos los niveles de atención, los Establecimientos de Autogestión en Red y establecimientos municipales de atención primaria de salud. Asimismo, le corresponderá analizar y proponer soluciones en las áreas en que se presenten dificultades en la debida integración de los referidos niveles de atención de los usuarios. No
Departamento de la tecnología de Información y Comunicación - TIC Tendrá como objetivo principal Asesorar, Planificar y Gestionar la implementación de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Asesorar al Director del Servicio, en materias de informática, tecnologías e información de lo que se refiere el Servicio de Salud Magallanes y su red asistencial. Así como también se hará cargo de dirigir el equipo de contraparte técnica del Proyecto SIDRA que depende del Departamento de Subdirección de Gestión Asistencial del Servicio. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
Unidad de Calidad y Seguimiento del Paciente

Creado por Resolución Exenta N° 2213, de fecha 23.06.2010, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. Las funcionaes a desarrollar la Unidad de Calidad Asistencial y Seguridad del Paciente serán: Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
Asegurar que los establecimientos del Servicio cumplan las disposiciones establecidas para la Autorización Sanitaria. No
Asegurar que los requisitos de las Normas Técnicas Básicasse incorporen a los proyectos. No
Velar poruqe istalaciones nuevas inicien sus actvidades con Autorización Sanitaria. No
Coordinar con la Subsecretaria Regional Ministerial de Salud la solución de situaciones especiales. No
Elaboración de la(s) política(s) local(es) de calidad de acuerdo a liniamiento central. No
Liderar y coordinar la autoevaluación de la Red. No
Capacitación, relacionada con estándadres de acreditación No
Difusión de información relevante No
Aplicación de autoevaluación No
Determinación e implementación de planes de acción. No
Evaluación del impacto de las intervenciones. No
Consolidación de información relacionada con estado para acreditar. No
Ingresar al sistema de acreditación. No
Secretaría y Oficina de Partes Tiene por objeto la recepción, distribución, archivo y despacho de la correspondencia oficial y reservada de la Dirección, y otras propias de su naturaleza, y/o que se le encomienden o deleguen. Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Subdirección Médica Le corresponde asesorar al Director del Servicio y a los Jefes Departamento de Subdirección dependientes del Director, en el ámbito de la planificación y análisis en las áreas de gestión clínica ; de la Epidemiologia ; de la información de salud ; articulación y desarrollo de la red y Control de Gestión. Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
SUBDIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Según las Definidas en el Decreto 140 de 2004. Esta subdirección estará a cargo de un Sub Director(a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será el desarrollar el desarrollo de una gestión que integre la dimensión estratégica de la reforma y la aplicación de conocimientos, técnicas e instrumentos en los campos de la planificación y gestión del personal, velando por la adecuada determinación y mantenimiento de la dotación requerida, en la gestión del desempeño y en la administración del ciclo de vida laboral.

Esta Subdirección estará a cargo de un Subdirector (a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será impulsar el desarrollo de una gestión que integre la dimensión estratégica de la reforma y la aplicación de conocimientos, técnicas e instrumentos en los campos de la planificación y gestión del personal, velando por la adecuada determinación y mantenimiento de la dotación requerida, en la gestión del desempeño y en la administración del ciclo de vida laboral.

Objetivos:

- Proponer políticas para el Servicio de provisión de recursos humanos, a través de sistemas de reclutamiento, selección, inducción y orientación funcionaria, de acuerdo a las normas legales vigentes sobre la materia ;
- Proponer políticas para el Servicio sobre organización y movimiento interno, considerando requisitos básicos, necesidades propias y oferta del extrasistema, proponiendo alternativas en el diseño de cargos para los establecimientos públicos de la Red ;
- Definir criterios comunes para la evaluación de desempeño de los recursos humanos de la Red ;
- Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente, respecto de remuneraciones, beneficios económicos, sociales y prevención de riesgos ;
- Proponer políticas y estrategias internas que permitan optimizar las posibilidades de desarrollo y formación del recurso humano, en el marco de los convenios docentes asistenciales ;
- Colaborar en el diseño y operación de sistemas de información para la gestión de recursos humanos de la Red ;
- Promover y desarrollar una gestión basada en la participación, motivación y compromiso institucional, manteniendo instancias de participación permanente ;
- Desempeñar las demás funciones que le encomiende la reglamentación vigente en materias de su competencia.

Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
SECCION SUELDOSS Esta sección deberá vigilar permanentemente la aplicación de normas y dictámenes que afectan las remuneraciones del sector, revisando mensualmente que el proceso de pago sea el adecuado, apoyando y dando respuestas a las consultas a los usuarios que lo requieran. Coordinar la gestión del soporte técnico – computacional, que permita realizar los procesos de pago adecuadamente.

Funciones principales:

- Administrar el sistema de remuneraciones de los funcionarios del sector.
- Manejar el sistema integrado de RRHH
- Aplicar efectiva y eficientemente las disposiciones que dicen relación con remuneraciones en la nueva Ley de Autoridad Sanitaria. Ley Médica (19.664, 15.076.) y código del trabajo
- Recopilar, estudiar y analizar las disposiciones legales que hacen referencia al pago de los procesos remuneratorios insertos en la legislación sectorial.
- Asesorar a los funcionarios (as) y jefaturas en el área de su competencia de la correcta aplicación de los beneficios que las leyes establecen.
- Coordinar la gestión del soporte técnico – computacional, que permita realizar los procesos de pago adecuadamente.
- Realizar análisis de la evolución y comportamiento del gasto en personal, desagregado por cuentas, elaborando informes que dicen relación con el comportamiento del subtítulo 21 que apoyen la toma de decisiones estratégicas,
- Elaborar informes que den cuenta del gasto, de algunas partidas específicas (contratos a honorarios, Hrs. Extras, etc.).
- Elaborar informes financieros acerca de la ejecución presupuestaria en relación a lo autorizado por la Ley de Presupuesto.
Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
SECCION ADMINISTRACION DE PROCESOS Cumplir con los objetivos y actos administrativos que emanen de leyes que rigen el subsistema de mantención e información de los funcionarios.

Facilitar la realización de las tareas en los distintos procesos permitiendo el registro de información y su procesamiento, proporcionando consultas e informes oportunos y confiables para la operación, gestión y el desarrollo de recursos humanos.

Potenciar la gestión de recursos humanos en el acceso y validación de la información.
Consolidar la implementación del SIRH en el registro de datos, para entregar información para la gestión oportuna y confiable.
Mantención del Sistema de Información de RR.HH. (SIRH)
Administrar todos los procesos de gestión y actos administrativos de la Subdirección de Recursos Humanos
Informes trimestrales de dotación y presupuesto.

Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
DEPARTAMENTO GESTION ORGANIZACIONAL I- DEPARTAMENTO GESTIÓN ORGANIZACIONAL.

Este Departamento deberá apoyar a la Subdirección de Recursos Humanos en el desarrollo de nuevas Leyes y Reglamentos, administración del ciclo de vida laboral, implementación de una Política de Salud Ocupacional, la prevención de efectos nocivos en la salud de los funcionarias/os y la atención y rehabilitación de su salud. Serán de su competencia las siguientes áreas:

- Unidad Desarrollo y Ciclo de Vida Laboral
- Unidad de Salud Ocupacional

Además tendrá como objetivos:

- Apoyar a la Subdirección de Recursos Humanos y ser contraparte técnica en el desarrollo e implementación de nuevas Leyes y Reglamentos,
- Diseñar estrategias de desarrollo del personal en los campos de la planificación y gestión, del desempeño y la a.dministración del ciclo de vida laboral de acuerdo a los ámbitos reglamentarios.
- Liderar y gestionar la ejecución de los planes, programas y procedimientos relativos al ciclo de vida laboral del personal de manera consistente con las directrices estratégicas ministeriales.
- Desarrollar e implementar Políticas de Salud Ocupacional, Programas de Mejoramientos del Entorno Laboral.

Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
I, 1- Unidad Desarrollo y Ciclo de Vida Laboral

Apoyar la gestión mediante la administración del proceso de especialización y perfeccionamiento ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área, requeridos por la institución, en el marco de las estrategias de gestión y desarrollo de recursos humanos.

Apoyar el cumplimiento de los marcos laborales, Instalando una cultura de la formación que facilite el desarrollo del personal de salud en los ámbitos del perfeccionamiento y especialización.
No
I.2 - Unidad de Salud Ocupacional

Planificar, organizar, administrar, supervisar y ejecutar acciones permanentes para prevenir riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, de acuerdo a las políticas de recursos humanos.

Lograr ambientes de trabajo saludables para los funcionarios elaborando estrategias e implementando programas tendientes a prevenir los riesgos asociados al desempeño de sus funciones, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida laboral
No
DEPARTAMENTO DESARROLLO DE LAS PERSONAS II. DEPARTAMENTO DESARROLLO DE LAS PERSONAS, tiene como principales objetivos:

Este Departamento deberá Asesorar a la Subdirección de Recursos Humanos en estrategias de perfeccionamiento y especialización, Velar por la correcta implementación del Programa de Especialización y Destinación de los profesionales funcionarios, resguardar la salud del personal, articulando e integrando las diversas acciones de promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento. Serán de su competencia las siguientes áreas:

- Unidad de Especialización y Perfeccionamiento
- Unidad Salud del Personal

Principal objetivo:

Asesorar al departamento de Recursos Humanos del Servicio Salud Magallanes en el diseño de políticas y estrategias de desarrollo del personal de salud en el ámbito de su formación, perfeccionamiento y especialización, que permita disponer de recursos humanos en cantidad y calidad suficiente para el fortalecimiento de la red asistencial publica para satisfacer las necesidades de salud de la población, en forma oportuna y con calidad


Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
II.1 - Unidad de Especialización y Perfeccionamiento

Apoyar la gestión mediante la administración del proceso de especialización y perfeccionamiento ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área, requeridos por la institución, en el marco de las estrategias de gestión y desarrollo de recursos humanos.

Apoyar el cumplimiento de los marcos laborales, Instalando una cultura de la formación que facilite el desarrollo del personal de salud en los ámbitos del perfeccionamiento y especialización.
No
II.2 - Unidad Salud del Personal

Implementar y velar por el cumplimiento de las políticas de Recursos Humanos que dicen relación con la prevención, mantención y mejoramiento cuando procede, de la salud y el bienestar de los funcionarios que propendan a mejorar su calidad de vida.

Articular e integrar las diversas acciones de promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento que realizan los distintos actores (Salud del Personal, Comité de IIHH, Comités Paritarios, y otros) sobre los funcionarios.
No
DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN III. DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN, tiene como principales objetivos:


Este Subdepartamento deberá asesorar a la Subdirección de Recursos Humanos en el diseño de políticas, planes y programas en los ámbitos de formación y capacitación del personal de la Red, promoviendo el carácter multidisciplinario e interestamental:

- Capacitación y Formación
- Información y Registro

Principales funciones:

- Implementar Programa de Mejoramiento de la Gestión de la Capacitación en los ámbitos de la planificación (Programas Anuales de Capacitación), participación (Comités de Capacitación) y presupuestaria.
- Implementar Programa Educación Permanente en Salud: propuesta educativa continua y participativa destinada a reflexionar críticamente sobre las prácticas cotidianas, con el fin de intervenir sobre los procesos de trabajo, direccionándolos a mejorar la calidad de salud, de modo de reconocer y responder a las necesidades de los usuarios.
- Implementar Programa de Formación Flexible a Distancia: es una modalidad de formación cuyo énfasis es la forma de organizar el aprendizaje de las personas.
- Apoyo al cumplimiento de metas, compromisos de gestión y otros programas de mejoramiento de la gestión como el de género, gestión territorial integrada, salud ocupacional y prevención de riesgos, etc.
- Velar por el cumplimiento de la capacitación como factor de la carrera funcionaria según los marcos legales y reglamentarios vigentes.
- Orientar el desarrollo e implementación de un sistema de información y registro de la capacitación, como parte integrante del Sistema de Información de RRHH

Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
III.1 - Capacitación y Formación.

Apoyar la gestión del departamento mediante la administración del proceso de capacitación, ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área.

Colaborar y participar en la planificación de la capacitación, garantizando la ejecución y asegurando la participación de los funcionarios de los establecimientos y de la red asistencial.

Apoyar en la el logro de las metas sanitarias, compromisos de gestión y programa de mejoramiento de las gestión (PMG) en el área de capacitación.
No
III.2 - Información y Registro

Generar información pertinente, confiable y oportuna, actualizada e integrada de la capacitación, desarrollando y aplicando procedimientos de supervisión, asesoria y control del cumplimiento de las normas y leyes que regulan la carrera funcionaria, que permita acceder a la información en forma ágil y en tiempo real, optimizando los tiempos de procesamiento de la información, conformando así una herramienta que permita disponer de datos suficientes para la toma de decisiones en el área.
No
SERVICIO DE BIENESTAR IV. Servicio de Bienestar, tiene como principales objetivos:

Este Servicio deberá promover instancias de participación basadas en el Código de Buenas Prácticas Laborales y no Discriminación, considerando una perspectiva de género que incentive el sentido de pertenencia a la Institución y al Bienestar, tanto del afiliado como de sus causantes de asignación familiar, promover un trato digno y amable hacia los usuarios, permitiendo a la vez concurrir al bienestar de todos los funcionarios de la salud pública, Integrar tanto los elementos objetivos (ambiente físico, material, económico), como los elementos subjetivos de las personas (relaciones sociales, expectativas, percepciones) Serán de su competencia las siguientes áreas:

- Área Contable.
- Buenas Prácticas Laborales. Entre las actividades se encuentra el Programa Mejoramiento del Entorno Laboral (PMEL)
Resolucion Exenta 4994/06.09.2013 Si 01.08.2012
IV. 1- Área contable.

Desarrollar el proceso contable que involucra el registro, análisis y emisión de estados financieros de bienestar.
Administrar, evaluar y asesorar el control de los recursos a través de los sistemas de información de control y gestión
Resguardar y asegurar contablemente el patrimonio de los afiliados al Servicio de Bienestar.
No
IV. 2 - Buenas Prácticas Laborales. Entre las actividades se encuentra el Programa Mejoramiento del Entorno Laboral (PMEL).

Reafirmar la voluntad del Estado, en su rol de empleador, de impulsar políticas y medidas contra la discriminación y que tiendan a promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo en el sector público.
No
Subdireccion de Gestion Asistencial Según las Definidas en el Decreto 140 de 2004. Esta subdirección estará a cargo de un Sub Director(a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será organizar, planificar, coordinar, evaluar y controlar las acciones de salud que presten los establecimientos de la red asistencial de la Región de Magallanes. Decreto Supremo 140/2004 (Capitulo II, Titulo II, Párrafo I, Art. 21) Si Sin modificaciones
Organizacionalmente, el Departamento Subdirección de Gestión Asistencial para el desarrollo de sus funciones, estará compuesto por las siguientes Departamentos, Unidades o Equipos de Trabajo y Asesores, los cuales dependerán administrativamente de dicho Departamento Subdirección: No
I.- ASESORÍA DE FARMACIA tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Proponer, coordinar y supervisar las acciones relativas al uso de los medicamentos en los establecimientos que conforman la Red Asistencial del Sistema Público de la Región de Magallanes. No
Sus principales funciones se desempeñan en el área de: No
Ley 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, dando cumplimiento con los dispuesto en los artículos 41,42 y 43 de la . No
Comité de Farmacia No
Programación y Compra Centralizada de Medicamentos para la atención de Patologías GES y Programas de Salud Ministeriales, (despacho, recepción, suministro, almacenamiento, supervisión inventarios y existencias, y pago facturas). No
Suministro de medicamentos a establecimientos dependientes del Servicio de Salud Magallanes (CECOF Williams – SAMU – Unidad Salud Mental) No
II.- ASESORÍA SECCIÓN ÁREA CONTABLE tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Velar por el buen uso y optimización de los recursos financieros y bienes materiales, de la Subdirección de Gestión Asistencial . No
Sus principales funciones son: No
Elaborar, gestionar y coordinar la celebración de convenios con prestadores públicos y privados. No
Rendiciones de Cuentas de la APS. No
Gestionar, controlar el pago y reembolsos de facturas GES, DFL 36, SAMU y otras convenidas. No
Llevar un control financiero de los diferentes traspasos mensuales de APS. (Per Cápita, PRAPS y otros.) No
Coordinar y ejecutar los procesos de pago de Asignaciones a Funcionarios Municipales. No
Gestionar y controlar el inventario de la Subdirección de Gestión Asistencial. No
III.- UNIDAD DE SALUD MENTAL tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Asesorar y apoyar al Jefe de Servicio y al Jefe del Departamento de la Subdirección Gestión Asistencial del SSM en todo lo concerniente a la gestión y desarrollo de la Red de Salud Mental de la XII región, y su articulación con el intersector a objeto de garantizar el cumplimiento de las políticas, planes y programas del nivel central, tendiendo a mantener y mejorar la capacidad resolutiva en la región. No
IV.- EQUIPO PROYECTO SISTEMA DE INFORMACION DE LA RED ASISTENCIAL (SIDRA) tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Asesorar y apoyar en la gestión, seguimiento y control de la ejecución del proyecto, favoreciendo la instalación de los nuevos sistemas o componentes de informatización de la Red Asdistencial y garantizando que los resultados sean concordantes con los definidos inicialmente. No
V.- ESTABLECIMIENTO LARGA ESTADÍA ADULTO MAYOR tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Procurar el adecuado funcionamiento clínico y técnico del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores, Bajo la supervisión y control de la Dirección del Servicio Salud Magallanes y la Subdirección de Gestión Asistencial, en el marco establecido en el convenio establecido con el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA). No
VI.- CENTRO COMUNITARIO FAMILIAR DE SALUD PTO. WILLIAMS tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Ejecutar con los recursos asignados, las acciones integradas de salud en el ámbito de su competencia, de conformidad con las políticas, normas, planes y programas a que ellas deban sujetarse y bajo la supervisión y control de la Dirección del Servicio Salud Magallanes y la Subdirección de Gestión Asistencial. No
VII.- DEPARTAMENTO ARTICULACION DE LA RED tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Asesorar y apoyar al Jefe Departamento Gestión Asistencial en lo referente a la articulación, desarrollo e integración funcional de la red asistencial, en los diferentes puntos de la red, con el objeto de mejorar la capacidad resolutiva. Y de la calidad de atención. No
Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. No
Sus principales funciones son: No
Articulación del funcionamiento eficiente y oportuno de las redes asistenciales para entregar las atenciones requeridas a cada uno de los beneficiarios de acuerdo a lo garantizado en la Ley GES Nº 19966 y en el decreto vigente. No
Apoyo técnico y administrativo del SAMU de acuerdo a requerimientos y gestionar implementación y desarrollo del Sistema de Atención Primaria de Urgencia, procurando un buen funcionamiento y articulación d ela Red de Urgencia en la Red Asistencial de Salud en la Región. No
Mantener un sistema de participación social en el ámbito de la red de Salud participando activamente en los Consejos de Desarrollo y velar por el cumplimiento de los plazos establecidos por ley en relación a solicitudes ciudadanas. No
Su estructura interna esta definida por las secciones que se detallan a continuación: No
VII.1.- UNIDAD GES. No
Tendrá como objetivo: Asesorar, gestionar, administrar y apoyar al Jefe Departamento Gestión Asistencial en lo referente a las Garantías Explicitas en Salud, amparadas en la Ley 19.966 permitiendo la accesibilidad y la resolutividad de las prestaciones establecidas según decreto. No
VII.2.- UNIDAD RED DE URGENCIA. No
Tendrá como objetivo: Asesorar , apoyar y articular el desarrollo e integración funcional de la red de urgencia, en los diferentes puntos, con el objeto de mejorar la capacidad resolutiva y de la calidad de atención. No
VII.3.- UNIDAD DE PARTICIPACIÓN SOCIAL. No
Tendrá como objetivo: Asesorar , apoyar y articular el desarrollo e integración funcional de la red de urgencia, en los diferentes puntos, con el objeto de mejorar la capacidad resolutiva y de la calidad de atención. No
VIII.- DEPARTAMENTO ARTICULACION DE LA RED tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Asesorar y apoyar al Subdirector (a) de Gestión Asistencial del Servicio Salud Magallanes en la implementación, programación, monitoreo, control y evaluación de los planes, programas y acciones que realiza la red respecto a prioridades sanitarias de la APS. No
Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. No
Sus principales funciones son: No
Difundir normas asesorar y colaborar en la ejecución de los distintos programas de salud en los establecimiento de la Red de APS, gestionar el Índice de Actividad en lo referente a negociación, recolección, consolidación, análisis y envío de la información requeridos a nivel central No
Desarrollar, participar y elaborar junto a organizaciones étnicas y equipos de la Autoridad Sanitaria el Programa Anual de Salud pueblos indígenas en la región de acuerdos a necesidades locales y recursos disponibles. No
Gestionar y coordinar acciones necesarias para el desarrollo de la Ley19.992 a nivel regional No
Asesorar a los establecimientos de Atención Primaria de salud en la implementación del modelo Salud Familiar- Comunitario y Centros Comunitarios. Colaborando en el funcionamiento del CECOF de Williams en temas del modelo, recurso humano, arsenal farmacológico, estructurales (equipamiento, insumos y materiales). No
Contribuir al fortalecimiento de los procesos de atención en la difusión de normas, guías y protocolos que emanan del nivel central a la Red Asistencial de la Región No
Su estructura interna esta definida por las secciones que se detallan a continuación: No
VIII.1.- UNIDAD DE PROGRAMAS DE SALUD. No
Tendrá como objetivo: Asesorar y apoyar Jefe del Departamento de Prioridades Sanitarias del Servicio Salud Magallanes en la implementación, programación, monitoreo, control y evaluación de los planes, programas y acciones que realiza la red respecto a programas en la APS, y que en ausencia de este, será su primer subrogante. No
VIII.2.- UNIDAD DE SALUD FAMILIAR Y RURAL. No
Tendrá como objetivo: Asesorar y apoyar al Jefe del Departamento de Prioridades Sanitarias del Servicio Salud Magallanes, en el monitoreo, control y evaluación de la implementación del Modelo de Salud Familiar y Modelo Gestión del Hospital Comunitario así como en el desarrollo de los programas en PSR. En ausencia de este, será su segundo subrogante. No
IX.- DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Asesorar y apoyar al Jefe del Departamento Subdirección de Gestión Asistencial en lo referente a la los temas de Estadística, SIGGES, Epidemiología y Tecnología e Información en salud, disponiendo de información oportuna y de calidad para la toma de decisiones de la jefatura. No
Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. No
Sus principales funciones son: No
Mantener un diagnóstico epidemiológico actualizado de la Red Asistencial de la Región, asesorando en los procesos de planificación, priorización y estudios para su adecuado funcionamiento. No
Generar información estadística pertinente confiable y oportuna, actualizada e integrada de la Red Asistencial Regional., desarrollando y aplicando procedimientos de supervisión, asesoria y control del cumplimiento de las normas en los establecimientos de Salud. No
Asesorar, capacitar , supervisar y monitorear la calidad del registro confiable y oportuno de la información asociada al Sistema de Gestión de Garantías explicitas en Salud No
Su estructura interna esta definida por las secciones que se detallan a continuación: No
IX.1.- UNIDAD DE INFORMACIÓN Y REGISTRO. No
Tendrá como objetivo: Asesorar al Jefe del Departamento de Información en los temas de estadística y tecnología en salud y Asegurar la calidad de información emitida y cumplir con los plazos estipulados en Compromisos de gestión y otros sistemas de evaluación sectorial No
IX.2.- UNIDAD SIGGES. No
Tendrá como objetivo: Asesorar y apoyar al Jefe del Departamento de Información en el monitoreo y control de la calidad del registro confiable y oportuno de la información asociada al Sistema de Gestión de Garantías explicitas en Salud (SIGGES) y Asesorar al Jefe del Departamento de Información en los temas de epidemiología. No
Subdireccion de Recursos Fisicos y Financieros Según las Definidas en el Decreto 140 de 2004. Esta subdirección estará a cargo de un Sub Director(a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será planificar, elaborar y evaluar el uso eficiente y eficaz de los recursos físicos y financieros de acuerdo a las normativas vigentes de la Ley de Presupuestos. Decreto Supremo 140/2004 (Capitulo II, Titulo II, Párrafo II, Art. 22) Si Sin modificaciones
El Departamento Subdirección de Recursos Físicos y Financieros para el desarrollo de sus funciones, estará compuesto por las siguientes Unidades de Trabajo, las cuales dependerán administrativamente de dicho Departamento Subdirección: No
El Departamento Subdirección de Recursos Físicos y Financieros para el desarrollo de sus funciones, estará compuesto por las siguientes Unidades de Trabajo, las cuales dependerán administrativamente de dicho Departamento Subdirección: Resolucion Exenta 3803/12.06.2014 Si Sin modificaciones
DEPARTAMENTO RECURSOS FINANCIEROS I.- El DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS tendrá como objetivos principales los siguientes: Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Integrar y consolidar la formulación del presupuesto anual del Servicio, en el marco de la planificación de la Red Asistencial. Asimismo deberá conocer, analizar y acordar la propuesta de presupuesto de los Establecimientos de Autogestión en Red y asesorar al Director en la elaboración de un informe al respecto a la Subsecretaría de Redes Asistenciales. No
Proponer la distribución del presupuesto entre los establecimientos dependientes del Servicio, controlar su ejecución y proporcionar información consolidada del Servicio en su conjunto. Analizar la información financiera, realizar la planificación correspondiente y establecer mecanismos de control y evaluación de la Gestión Financiera de acuerdo a las necesidades de la Red. Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. Su estructura interna esta definida por las secciones que se detallan a continuación: No
I.1.- UNIDAD DE GESTION Y CONTROL FINANCIERO. No
Tendra como objetivos: velar por el apropiado, oportuno y efectivo ejercicio ddel conytrol financiero efectuar análisis de loss diferentes estados financieros, aplicando demane práctica las diversas técnicas deanalisis económicfinanciero que permiten realizar previsiones acerca de su comportamiento futuro, y así estalecer las proyecciones pertinentes . Sus principales funciones son: No
Velar por la correcta entrega de Informe Finanieros a los entes superiores No
Analizar y controlar el correcto uso de los recursos financierosde los diferentes bases y unidades demandantes, de acuerdo a la caracteristica del gasto. No
Velar por el equilibrio financiero de ingreso y gastos de los programas internos. No
Control de ingresos, gastos y pagos del Servicio según los terminos establecidos en las normativas vigentes. No
Coordinación, análisis, evaluación y elaboración de los informes periódicos a entregar por el Departamento de Finanzas. No
Proporcionar la información necesaria al Jefe Departamento, Directivos y a los que lo requieran, sobre la situación financiera, contable y presupuestaria, y de las operaciones que se realizan. No
Monitoreo de las operaciones diarias registradas en el SIGFE para acceder a la información contable presupuestaria. No
Informar los expedientes de modificaciones presupuestarias. No
El Control Internos de Servicio a través de: No
a) Control Financiero y Contable tendrá por objetivo determinar si la información financiera se presenta adecuadamente, de acuerdo con los preceptos contables que le son de aplicación y si la gestión financiera se ha realzado de forma correcta. No
b) Control de Legalidad: tendrá por objetivo si se ha cumplido con la lesgislación vigente en la gestión de fondos. No
c) Control de Eficacia: evaluar el grado de eficacia en la consecución de los objetivos previstos, en función de las actividades o programas previamiente definidosseñalando, en su caso, las desviaciones producidas. No
d) Control de la Inversión. No
I.2.- UNIDAD PRESUPUESTO Y TESORERIA. No
Tendra como objetivo, formular y controlar la corecta ejecución e imputación del Ingreso y Gasto Presupuestario de los Establecimientos dependientes del Servicio de Salud Magallanes, de acuerdo a lo señalado por la Ley de Presupuesto y las normativas vigentes, para una menjor utilización de los recuros financieros y marcos presupuestarios asignados. Sus principales funciones son: No
Modificaciones y reasignaciones de partidas presupuestarias de ingresos y gastos, de acuerdo al avance en la ejecución y a la Ley de Presupuesto Vigente. No
Distribución de los aportes del Fondos Naconal de Salud - FONASA -, de acuerdo a la distribución inicial de las partidas presupuestarias y el cumplimiento de la Programación Financiera comprometida. No
Velar por el cumplimiento de las Glosas decretadas en la Ley de Presupuesto. No
Preparar y coordinas la elaboración del Presupuesto Institucional. No
Supervisar el comportamiento presupuestario asignado. No
Proponer los procedimientos administrativos-presupuestarios y velar por su aplicación. No
Llevar, mantener e informar al día la ejecucuión presupuestaria, manteniendo un expedito flujo de información No
Preparar y entregar informes: Disponibilidad de Caja, Programación Financiera y Deuda. No
Autorizar gastos, proponer modificaciones presupuestarias, mantenendo un presuuesto institucional equilibrado. No
Recaudar oportunamente los ingresos de la Institución, y procurar su recuperación. No
Recepconar y revisar diarimamente las cajas recaudadoras, verificando que las partiads ingresadas se encuentren registradas en el sistema contable presupuestarioa del Servicio. No
Confeccionar Informe Ejecución Presupuestaria Mensual Nivel consolidado del Servicio de Salud Magallanes No
Cerificar y controlar los registros diarios de bancos y los saldos bancarios. No
Realizar Informe Financiero mensual de Asignaciones Familiares a SUSESO. No
Control de transferencias enviadas No
Mantener y resguardar archivos con comprobantes de ingresos y egresos de la Dirección de Servicio y Atención Primaria. No
Supervisar que todos los registros contables relacionados con su área esten oportunamnete contabilizados (ingreso y egresos). No
I.3.- UNIDAD DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACION INTERNA. No
Tendra como objetivo velar por el cumplimiento de la normativa vigente y el proceso de información contable, para la emisión de Informes oportunos, fidedignos y eficaces, que colaboren con la toma de decisiones de los directivos. Sus principales funciones son: No
Administrar Sistema SIGFE. No
Confeccionar mensualmente los informes derivados de la Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Servicio y consolidadción SSM: Deuda Exigible, Ingresos por Percibir, Informe de Bienes, Análisis de Cuentas de Activo y Pasivo en Informe de Análisis Financiero mensual y trimestral. No
Apoyo en contabilizaciones a Establecimientos dependientes de la Red. No
Supervisión a establecimientos (confección de informes). No
Informar puntos críticos detectados en el desempeño de las funciones donde se note escaso o nulo control. No
Evaluar permanentemente los controles existentes y proponer nuevos controles. No
Revisión, análisis y control acabado de los Convenios existentes en la Dirección de Servicio y de sus Resoluciones Exentas. No
Arqueos esporádicos de la recaudación y de fondos fijos. No
DEPARTAMENTO RECUROS FISICOS Y ABASTECIMIENTO II.- El DEPARTAMENTO DE RECURSOS FISICOS Y ABASTECIMIENTO. tendrá como objetivo principal : Decreto Supremo 140/2004 Si Sin modificaciones
Velar para que los establecimientos de la Red dispongan en forma oportuna y eficiente de los recursos físicos y demás elementos que requieran para sus actividades, así como también planificar, dirigir, controlar, evaluar y mantener los servicios, procesos y recursos físicos de la Dirección del Servicio, Departamento que deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen y tendrá la siguiente estructura interna: No
II.1.- En materia de ADMINISTRACIÓN INTERNA. No
Gestionar el uso eficiente de los recursos para el adecuado funcionamiento institucional, entregando soporte en las áreas de los servicios generales y movilización para usuarios internos y externos, con el fin de contribuir con la oportuna provisión de servicios estratégicos necesarios para el cumplimiento de los lineamientos de la red asistencial. No
Coordinar y controlar los recursos y servicios que utilizan los distintos departamentos y unidades que integran la Dirección del servicio de Salud Magallanes, para el efectivo desarrollo de los programas y actividades establecidas en los planes ministeriales. Las dependencias administradas a su cargo son el Dirección Regional, Unidad de Salud Mental y todos sus dispositivos, SAMU, CECOSF WILLIAMS, y APS. No
II.2.- En materia de INVERSIONES. No
La responsabilidad de la Sección Inversiones será diseñar, ejecutar y supervisar los proyectos de inversión en equipos y equipamiento y obras civiles de la red de establecimientos dependientes del Servicio de Salud y de la red asistencial. Sus principales funciones son: No
Ejecutar la cartera de inversiones, tanto en el ámbito de equipos como de equipamiento. No
Elaborar y proponer anualmente un programa de inversiones. No
Prestar asesoría técnica a todas las jefaturas y establecimientos del Servicio, en las áreas de su competencia y controlar y evaluar dicha aplicación. No
Coordinar y asesorar en los distintos estudios de modernización, en una perspectiva de largo plazo. No
II.2.1.- UNIDAD ESTUDIO, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION. No
La responsabilidad de la Sección Obras Civiles, Ingeniería y Arquitectura, será identificar, diseñar, ejecutar y supervisar los proyectos de inversión en infraestructura. Sus principales funciones son: No
Ajustar el diseño de nuevas estructuras y normalizaciones a guías y criterios de diseño vigentes. No
Estudiar la vulnerabilidad de la estructura física de los establecimientos de la Red Asistencial. No
Definir orientaciones de mantenimiento preventivo y reparativo de la estructura, instalaciones. No
Elaborar y proponer anualmente un programa de inversiones en recursos físicos que considere las necesidades en construcciones, remodelaciones, ampliaciones, habilitaciones de los establecimientos y dependencias del Servicio. No
Proponer el programa de inversiones y evaluar su cumplimiento y aplicaci??on de normas correspondientes. No
Ejecutar la cartera de inversiones en infraestructura. Ejecutar y organizar la función de contraparte técnica frente al Minsal o frente a empresas externas, en todos aquellos proyectos que por su complejidad o envergadura requieran de apoyo externo para su diseño o ejecución. No
Liderar la elaboración de las bases técnicas de la cartera de proyectos de inversión. No
Preparar y proponer las bases administrativas y tecnicas y demas antecedentes relacionados con los llamados a propuesta de obras civiles, de acuerdo a normas que imparta el Ministeriod Salud, y materializar su convicatoria. No
Elaborar y proponer lineamientos y programas internos asociados a administración, conservación, mantención y enajenación de la insfraestructura asociada a establecimiento del Servicio de Salud Magallanes. No
Fiscalizar y realizar la inspección técnica de la ejecución de las obras. No
Prestar asesoría técnica a todas las jefaturas y establecimientos del Servicio, en lo relativo a aplicación de planes, programas, normas técnicas y demás disposiciones e instrucciones relativas infraestructura, como asimismo controlar y evaluar dicha aplicación por parte de todos los establecimientos del Servicio No
II.2.2.- UNIDAD DE EQUIPAMIENTO. No
Identificar los requerimientos para estudios de vulnerabilidad y brechas de equipamiento de los establecimientos de la Red Asistencial y definir orientaciones de mantenimiento preventivo y reparativo de equipamiento y medios de transporte No
Ajustar el diseño de nuevas estructuras y normalizaciones a guías y criterios de diseño vigentes. No
Elaborar y proponer anualmente un programa de inversiones en recursos físicos que considere las necesidades equipamiento, habilitaciones y mantenciones de los establecimientos y dependencias del Servicio. No
Proponer el programa de inversiones y evaluar su cumplimiento y aplicación de normas correspondientes. No
Preparar y proponer las bases administrativas y tecnicas y demas antecedentes relacionados con los llamados a propuesta para la compra de bienes, de acuerdo a normas que imparta el Ministeriod Salud, y materializar su convicatoria. No
Supervisar el correcto funcionamiento de equipos y equipamiento de la red de establecimientos dependientes del Servicio de Salud. Sus principales funciones son: No
Elaborar y proponer lineamientos y programas internos asociados a administración, conservación, mantención y enajenación de equipos y equipamiento de los establecimientos del Servicio de Salud Magallanes. No
Prestar asesoría técnica a todas las jefaturas y establecimientos del Servicio, en lo relativo a aplicación de planes, programas, normas técnicas y demás disposiciones e instrucciones relativas equipos y equipamiento medico e industrial, como asimismo controlar y evaluar dicha aplicación por parte de todos los establecimientos del Servicio No
II.2.3.- UNIDAD DE ABASTECIMIENTO No
La Unidad de Abastecimiento tendrá la responsabilidad de la gestión de compra y convenios de suministro centralizados de fármacos, insumos médicos, equipamiento, servicios de apoyo clínico asistencial y otros, con el fin de lograr acceder a mejores condiciones comerciales por mayores volúmenes de compra y garantizar la operación y ejecución de los diferentes programs, proyectos y operación interna de la Dirección del Servicio y sus establecimientos, Sus principales funciones son: No
Instaurar un sistema continuo de provisión, que le asegure a la Red contar con los insumos y medicamentos necesarios para otorgar las prestaciones de salud No
Mejorar el poder negociador al aumentar el tamaño de la compra (economía de escalas). No
Contribuir al cumplimiento de las compras por intermediación vía Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast). No
Uniformar los precios de compra en la red asistencial. No
Prestar asesoría técnica a todas las jefaturas y establecimientos del Servicio, en lo relativo a materia de adquisiciones y EETTy de compras publicas. No

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